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Bravo, durante una comparecencia en Les Corts. i. c.

El Consell rechaza el uso obligatorio del valenciano para dirigirse a los consulados en la Comunitat

La Inspección bajo el mando de Bravo archiva la denuncia de un funcionario que reclama a la Generalitat utilizar la lengua autóctona pero insta a clarificar la «inseguridad jurídica» del decreto

Burguera .

Valencia

Viernes, 4 de noviembre 2022, 23:15

La IGS (Inspección General de Servicio de la Generalitat) ha fallado en contra de la denuncia de un funcionario sobre la lengua utilizada en las comunicaciones enviadas al consulado de un país extranjero. El empleado público asegura que existe la obligación del uso del valenciano en las relaciones con el consulado de un país extranjero con sede en la Comunitat. El departamento dependiente de la consellera Gabriela Bravo ha considerado necesario «utilizar criterios interpretativos para dar una respuesta a la cuestión», que no ha sido otra que la negativa a imponer el uso del valenciano en las relaciones internacionales de la Generalitat. Desde la IGS se advierte de que el departamento de Bravo no pretende fijar un criterio en este asunto, pero sí considera que debe pronunciarse ante la denuncia de que dirigirse a un consulado en castellano «representa un incumplimiento de la legalidad vigente, palmario y manifiesto». La Inspección responde negativamente a la denuncia planteada por el funcionario.

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En el expediente se hace referencia a que «existen argumentos interpretativos sobre una posible aplicación del artículo 25 del Decreto 61/2017 por el que se regulan los usos institucionales y administrativos de las lenguas oficiales por parte de la Generalitat. Ese artículo regula las relaciones con el resto de administraciones con sede en la Comunitat. «Las comunicaciones de la Administración de la Generalitat con la Administración del Estado y organismos dependientes, así como con cualquier otra administración o corporación pública con sede en la Comunitat, se redactarán en valenciano. Incluidas las comunicaciones con la Administración de justicia», señala el artículo en cuestión. La inspección rechaza la obligatoriedad de utilizar el valenciano atendiendo «tanto el punto de vista de la capacidad normativa para imponer obligaciones en las relaciones internacionales» como por considerar que no hay voluntad de incluir «estos supuestos (el de la comunicación con instituciones extranjeras) por parte del Consell». En cualquier caso, la IGS admite que este tipo de situaciones son «peculiares», y que esa particularidad «recomendaría» una mención expresa en el decreto con el fin de evitar cualquier debate y que aportase seguridad jurídica. En relación con la regulación de los usos institucionales y administrativos de las lenguas oficiales por parte de la Generalitat con el fin de especificar el modo de comunicarse en las relaciones internacionales, el informe advierte de que «el órgano por excelencia competente para prestar asesoramiento en Derecho es la Abogacía de la Generalitat». Es decir, que la IGS deriva al departamento adscrito a Presidencia la responsabilidad de señalar cómo aclarar legislativamente la cuestión.

El decreto al que apela el funcionario fue seriamente cuestionado por el Supremo en una sentencia de 2020 que fue ratificada un año más tarde. El departamento dependiente de la consellera Bravo concluye que «la actitud del departamento de la Generalitat afectado ha ido siempre encaminada a cumplir la normativa y satisfacer los intereses generales, vinculados al mantenimiento de las buenas relaciones con el consulado». Joan Calabuig es el responsable de la Secretaría Autonómica para la Unión Europea y Relaciones Externas. En Valencia capital hay medio centenar de consulados oficiales, mientras que en la provincia de Alicante existen censados más de una veintena de agencias consulares, representados en su conjunto países de Europa, América, África y Asia.

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