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Jueves, 19 de diciembre 2019, 16:59
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado la inmunidad del político independentista Oriol Junqueras, en una sentencia en la que aclara que la justicia española debería haberlo dejado en libertad para recoger su acta de eurodiputado.
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Ante este fallo del alto tribunal europeo, surgen los malentendidos acerca de qué significa la inmunidad de los políticos. Para entenderlo, estas son las claves, según la información aportada por el Parlamento Europeo y la Constitución Española.
Ya sea en el Parlamento Europeo, en el Congreso o en el Senado, los políticos que conforman la cámara deben ser libres para asistir a las reuniones. De lo contrario, se alterarían la composición de la cámara y la toma de decisiones en ella.
Sólo se podrá retener a un diputado o eurodiputado en caso de flagrante delito, es decir, en caso de detenerlo en el mismo momento en que comete el acto delictivo.
Los parlamentarios deben gozar de libertad de expresarse sin miedo a represalias políticas arbitrarias. Por eso, las autoridades judiciales deben presentar un «suplicatorio». Esto quiere decir que necesitan la autorización de la cámara para detener al parlamentario.
En el caso de Oriol Junqueras, la sentencia del TJUE afirma que la justicia europea debería haber presentado un suplicatorio y haber esperado a su resolución antes de impedir al político acudir al Parlamento Europeo.
A diferencia de la inviolabilidad, la inmunidad es un derecho temporal de los parlamentarios, que dura mientras está vigente su mandato.
Tras la celebración de las elecciones europeas, Oriol Junqueras se encontraba cumpliendo prisión provisional a la espera de la sentencia del 'procés'. Sin embargo, la sentencia del TJUE considera un candidato «adquiere la condición de miembro de dicha institución por el hecho y desde el momento de la proclamación de los resultados electorales», y desde ese momento, «goza de las inmunidades reconocidas».
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