JOAQUÍN BATISTA
Jueves, 3 de septiembre 2020
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La Fiscalía de Menores perseguirá el absentismo escolar siguiendo los protocolos habituales, de manera que en aquellos casos que le lleguen, cuando no esté justificado de manera «clara y terminante», tomará medidas penales contra las familias que incumplan el deber que tienen de llevar a sus hijos al colegio en etapas obligatorias (desde 1º de Primaria hasta 4º de la ESO). En los casos más extremos se pueden enfrentar a una denuncia por desprotección del menor.
Así se desprende de la nota informativa emitida el jueves por la Unidad Especializada de Menores de la Fiscalía General del Estado, que sirve para unificar los criterios a aplicar en los diferentes ámbitos territoriales.
El escrito recuerda que el ministerio público no puede actuar de manera preventiva, sino después de que le sea comunicado un caso, normalmente desde los gabinetes municipales tras ponerse en marcha los protocolos de absentismo.
De hecho es el último recurso al que se derivan las situaciones más problemáticas y siempre después de que otras medidas de conciliación, tanto a nivel de centro educativo como de servicios sociales, no hayan dado resultado. La fiscalía recuerda que las comunidades, en coordinación con el Gobierno, han determinado las medidas de seguridad a implantar a través de protocolos e instrucciones que los colegios «deberán aplicar y observar». «La asistencia presencial del alumnado, en los parámetros y condiciones antedichos constituye una obligación ineludible para los padres o tutores de los menores afectados», recoge el escrito, antes de recordar que «su desatención voluntaria, injustificada y persistente acarreará las consecuencias legales derivadas del incumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad, como ha venido ocurriendo de forma habitual hasta el momento en los supuestos de absentismo».
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Así, cuando la fiscalía reciba expedientes relacionados con la inasistencia a clase, se «ponderarán individualmente» las circunstancias de cada caso, «modulando la adecuación de la respuesta a la situación concreta de los alumnos y sus familias». Así, se tendrá en consideración «la actual situación de pandemia y el singular escenario derivado de los riesgos sanitarios presentes no sólo en el ámbito escolar, sino también en el familiar».
Eso sí, se señala que «sólo aquellos casos que carezcan de justificación clara y terminante para la exención, aún temporal, del deber de asistencia presencial del alumnado motivarán que el ministerio fiscal prosiga sus diligencias a los efectos de ejercitar la acción penal contra aquellos padres que presuntamente hayan infringido los deberes inherentes a la patria potestad en este ámbito», concluye.
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El escrito es claro, aunque deja puertas abiertas. No sólo por situaciones de vulnerabilidad del alumno (que convenientemente justificadas le permitirán no acudir al centro y recibir una atención a distancia, sin necesidad de que la ausencia llegue hasta la Fiscalía), sino por el entorno familiar, por ejemplo, por convivir con una persona de riesgo. Incluso se podría tratar de justificar que las medidas adoptadas por un centro no han sido adecuadas o ajustadas a las normas.
Desde la Plataforma Libre Elección Educativa Comunitat Valenciana, que engloba a los padres que no quieren llevar a los niños a los centros y que reclaman poder elegir enseñanza a distancia, reconocieron que la nota «está causando presión y miedo a las familias». «En cualquier caso, será un juez el que determine y se deja claro que la Fiscalía atenderá a supuestos concretos», dijo Francisco Jaén, el portavoz, quien insistió en que «no se puede comparar a una situación de desamparo o desprotección del menor».
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Por otro lado, desde el Ministerio de Educación explicaron que el informe jurídico encargado para valorar cómo actuar desde los centros todavía no está listo. En la Comunitat, el conseller Vicent Marzà dijo esta semana que están a la espera del mismo para poder dar instrucciones a las escuelas.
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