![Francis Puig | La Fiscalía reprocha a Francis Puig que quiera excluir el delito de blanqueo de la investigación](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202107/14/media/cortadas/LF2VG531-RNG47KvcApXNzFMhWknPpWO-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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La Fiscalía Anticorrupción ha remitido un escrito al juzgado de instrucción número 4 de Valencia, que es el que mantiene abierta una investigación sobre las subvenciones recibidas por Francis Puig y sus socios, en la que se opone a la petición del hermano del ... presidente de la Generalitat de excluir el posible delito de blanqueo de capitales de los hechos investigados.
En el escrito, el ministerio público explica que la representación de Francis Puig ha solicitado que el juzgado advierta a la Guardia Civil que entre sus funciones en este procedimiento no se encuentra la de investigar la comisión de un posible delito de blanqueo de capitales.
Anticorrupción no sólo rechaza esta posibilidad, sino que además remarca que entre las funciones de auxilio judicial que tiene la Guardia Civil figura la investigación de los hechos ya conocidos -la reiteración de subvenciones públicas de la administración valenciana y de las de otras CCAA a las firmas investigadas- «que indiciariamente son constitutivos de un delito de fraude de subvenciones y falsedad documental». Y añade: «Si con ocasión de dicha investigación se obtuvieran indicios de otros hechos, indiciarios de otra infracción penal, la Guardia Civil tiene la obligación de comunicarlo al juzgado para que proceda a su investigación, si fuera procedente».
El escrito, con fecha de entrada en el juzgado del pasado 19 de mayo, rechaza la petición de nulidad presentada por la representación procesal de los socios de Francis Puig contra el auto judicial que dio luz verde a la entrad de la Guardia Civil en la sede de sus empresas para conseguir la documentación solicitada. Los Adell Bover, en su escrito, alegaban una indefensión que, a juicio de Anticorrupción, no se produjo.
Fiscalía sí que se adhiere a los recursos presentados al objeto de que, para averiguar la eventual existencia de un delito de blanqueo de capitales, la fuente de información sobre las cuentas bancarias investigadas no sea el Sepblanc, y sí la Agencia Tributaria.
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