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Concentración en recuerdo de las víctimas del accidente, en la plaza de la Virgen. LP

La Generalitat, condenada a pagar a un alto cargo de FGV señalado por Les Corts por el accidente de metro

El tribunal concluye que el error de la comisión de investigación «estigmatizó» al directivo de la empresa, que recibirá 10.000 euros

A. Rallo

Valencia

Jueves, 12 de septiembre 2024, 00:46

Dionisio García fue el director de Recursos Humanos de la Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) en el momento en que se produjo el accidente ... de metro de Valencia, el mayor siniestro ferroviario de España con 43 muertos y 47 heridos. El procedimiento judicial se cerró con condenas mínimas y la retirada de la acusación para algunos de los acusados, como la gerente Marisa Gracia. Al margen de ese caso, cuya instrucción se demoró más de lo deseable tras al menos dos sobreseimientos y las correspondientes reaperturas, hubo una comisión de investigación en Les Corts, una modalidad donde la realidad es que los partidos políticos investigan más bien poco.

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Aquello terminó con un dictamen donde se señalaba al director de Recursos Humanos como uno de los responsables políticos del siniestro por el incumplimiento de la ley de riesgos laborales. El Tribunal Constitucional intervino para anular esa parte de esa resolución y clarificó el papel que podían jugar esas comisiones al censurar que alcanzaran «imputaciones individualizadas de conductas o acciones ilícitas a los sujetos investigados».

Esa victoria del dirigente de FGV no detuvo su camino. El responsable presentó un contencioso contra la Generalitat Valenciana en el que reclamaba una indemnización de 10.000 euros por los daños morales y casi otros 3.000 por los costes de acudir al Tribunal Constitucional. La Generalitat, de entrada, no aceptó sus pretensiones.

Sí lo ha hecho, en cambio, la Sala de lo Contencioso del TSJ. La sentencia recuerda que a «las Cámaras no les corresponde declarar la existencia de conductas punibles y la determinación de su autoría» en referencia al controvertido pronunciamiento. Y esas conclusiones, sin duda, afectaron al derecho al honor del técnico de FGV porque «un poder público atribuye a una persona conductas merecedoras del máximo reproche social».

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Ese derecho fundamental lo que supone es la protección de una persona «frente a expresiones o mensajes que la hagan desmerecer en la consideración ajena». Las atribuciones de Les Corts, además, causan «un cierto grado de estigmatización». Y en este supuesto de manera todavía más intensa «por la directa conexión que presenta la imputación con su actividad profesional en el momento de producirse el accidente». El perjudicado, sin duda, sufrió un daño «que no venía obligado a soportar».

El TSJ considera que esa resolución de Les Corts, en definitiva, es el resultado del desarrollo de un servicio público, un funcionamiento erróneo que, de hecho, el Constitucional ya había corregido en diciembre de 2018. El tribunal valenciano considera ajustada la cantidad de 10.000 euros y recuerda que el nombre del directivo fue difundido ampliamente por los medios de comunicación que se hicieron eco de las conclusiones de la comisión.

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La carrera profesional del técnico también se vio lastrada por el fatal accidente. Cambió el puesto directivo en la empresa de transporte por uno de técnico en la Conselleria de Bienestar Social. Sin embargo, esto se produjo antes de la comisión de investigación y no ha sido valorado en el montante total.

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