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Las dos exconselleras en los gobiernos del PP. Irene Marsilla

La Generalitat insiste en que la exconsellera Johnson pague 24 millones por la compra de Valmor

La Abogacía recurre la sentencia del Tribunal de Cuentas que exoneró a los cargos públicos de responsabilidad y reclama 14 millones a Trini Miró

A. Rallo

Valencia

Jueves, 1 de agosto 2019

La Generalitat mantiene su tesis: las exconselleras Lola Johnson y Trinidad Miró deben devolver 24 millones de euros de la compra de la empresa Valmor por parte de la Generalitat. La Abogacía ha decidido finalmente recurrir la sentencia del Tribunal de Cuentas que exculpó a los demandados, las dos exconselleras y otros altos cargos del Gobierno valenciano, de cualquier responsabilidad contable en esa operación. A Johnson, y a los exdirectivos de Circuito Motor, José Míguel Escrig Navarro, Julio García Gimeno y Blanca Tomás Carbó, y a Luis Lobón Martín les reclaman 24 millones de euros de la fusión por absorción de la empresa Valmor. De manera subsidiaria, la Generalitat solicita la condena a 14 millones de euros para la exconsellera Trinidad Miró y el resto de directivos por no perseguir el pago de la deuda que acumuló Valmor con la Generalitat. «Todos forman parte de la cadena que inicia un festival de omisiones y desidias que ocasionan que, año tras año, se vaya aumentando la deuda», expone el recurso.

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El Tribunal de Cuentas condenó recientemente a la Administración al pago de las costas, que las defensas de los altos cargos calcularon en unos 160.000 euros para cada uno. Parte de estos honorarios se calculan a partir de un porcentaje de la cantidad inicialmente reclamada. De ahí la relevancia de las sumas.

Sin embargo, el más que probable desembolso de estos importes no ha hecho desistir a la Generalitat que ha decidido recurrir el fallo pese a que las costas sigan creciendo. Y a todo lo anterior, se añade, además, la postura de la Fiscalía Anticorrupción, que recientemente presentó un escrito -la fecha es posterior al recurso de la Abogacía- en el que pide el archivo de la causa penal porque no aprecia indicios delictivos. Es más, subraya que la decisión de comprar Valmor fue la operación más beneficioso para los intereses de la Generalitat.

Sin embargo, la Abogacía mantiene todo lo contrario. La Generalitat cree que la primera sentencia no valora correctamente la prueba e incluso en algún caso «omite datos fácticos y circunstancias» que permitirían llegar a otras conclusiones, siempre según el escrito. Por ejemplo, los funcionarios aseguran que Circuito Motor, la firma pública que en realidad corría con los gastos de organización del evento, nunca reclamó de manera efectiva la deuda a Valmor.

De igual modo, considera erróneo que la Generalitat debiera pagar una penalización –alrededor de 70 millones de dólares– en caso de que no se celebraran dos Grandes Premios por la desaparición de Valmor. La Abogacía insiste en que el hecho de que la Sociedad Proyectos Temáticos abonara el canon a la Fórmula 1 le habilitaba también como promotor del evento y, por tanto, podía haber seguido con la organización de las carreras sin la obligatoriedad de absorber la mercantil de Aspar.

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La Generalitat, además, insiste en este punto en que nunca entró en vigor el aval que convertía a la Generalitat en responsable de la mercantil sino que seguía siendo Bankia la que corría con los gastos de una posible anulación del evento. Este hecho, por ejemplo, llevó a que el juzgado archivara la investigación a Camps por la organización del certamen. Recuerda la Generalitat que la compra de Valmor no parte de la Administración sino que es una propuesta de los propios socios de Valmor. Y son ellos también los que encargan un informe al despacho de abogados Garrigues que avalaría la operación, siempre según el escrito de la Abogacía.

La Generalitat se esfuerza por mantener la sospecha sobre la F-1 tras el archivo por la organización del evento, la petición de sobreseimiento de Anticorrupción por la compra de Valmor y el cierre del caso del circuito.

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