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Palacio de la Justicia. Juanjo Monzó
Hacienda tumba la adjudicación a Tragsa de las obras del Palacio de la Justicia

Hacienda tumba la adjudicación a Tragsa de las obras del Palacio de la Justicia

El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales estima el recurso de la Confederación Nacional de la Construcción

J. C. Ferriol

Valencia

Jueves, 21 de febrero 2019, 12:08

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, una entidad dependiente del ministerio de Hacienda, ha dictado una resolución por la que anula la decisión de la conselleria de Justicia de adjudicar a la empresa públicaTragsa el proyecto y obras de la remodelación de la sede del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). El Tribunal atiende así el recurso presentado por la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) el pasado 21 de dicidembre.

Justicia adjudicó a Tragsa la encomienda de gestión de esa actuación con fecha del 5 de diciembre de 2018. El pleno del Consell de finales de noviembre autorizó a la conselleria que dirige Gabriela Bravo encargar a Tragsa la redacción del proyecto y ejecución de las obras de adecuación funcional de la sede del Tribunal Superior de Justicia por un montante de 24.956.366 euros.

La impugnación presentada por la Confederación Nacional del Trabajo solicitaba la nulidad de la encomienda, e instaba, además, como medida cautelar, la suspensión de todo el procedimiento de adjudicación. La Cámara de Contratistas de la Comunitat Valenciana (CCCV) y la Federación Valenciana de Empresarios de la Construcción (FEVEC) también habían denunciado el modo en que se llevó a cabo esta adjudicación.

La resolución del Tribunal considera que no se dan «los motivos de seguridad pública y de urgencia que permiten acudir al encargo a medios propios» y que deben tener «la entidad suficiente para que no puedan solventarse acudiendo a una licitación pública que, no olvidemos, puede sujetarse al procedimiento de urgencia y, excepcionalmente, al de emergencia o, en su caso, al procedimiento negociado sin publicidad por razones de urgencia».

A juicio del Tribunal, Tragsa «no puede (salvo en supuestos de urgencia, entendida esta circunstancia en su sentido estricto, como tareas de emergencia y protección civil de todo tipo, en especial, la intervención en catástrofes medioambientales o en crisis o necesidades de carácter agrario, pecuario) ejecutar contratos de obra en zonas o núcleos urbanos».

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