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Marcos Benavent con su anterior abogado.

El juez procesa a Benavent y cuatro empresarios por el amaño de contratos del Ayuntamiento de Valencia

El magistrado ve indicios de delito en las actuaciones en La Lonja, las Torres de Quart y Serranos

s. P.

Viernes, 29 de octubre 2021, 17:57

El titular del Juzgado de Instrucción 18 de Valencia ha incoado procedimiento abreviado contra cinco de los investigados en el marco de la pieza E del llamado 'Caso Taula', pieza relativa a las presuntas irregularidades en la adjudicación de diversos contratos de la Concejalía ... de Cultura del Ayuntamiento de Valencia entre los años 2003 y 2007.

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Los investigados contra los que se dirige la causa son el que fuera empleado de la Fundación Jaume II el Just hasta su nombramiento como gerente de la empresa pública Imelsa Marcos Benavent, y cuatro representantes legales y/o apoderados de diferentes empresas adjudicatarias: Carlos V.G., Carlos T.H., Enrique A.Ch. y Rafael G.B.

Los contratos investigados se centran en la ejecución de obras de limpieza, consolidación, restauración o mantenimiento de diversos monumentos de Valencia como la Lonja, las Torres de Quart y los puentes de Serranos y la Trinidad. También se refieren a la construcción del Centro Cultural de la Rambleta y a la XXVII edición de la edición del festival de cine de la Mostra.

El magistrado expone en la resolución que los hechos investigados podrían revestir indiciariamente caracteres de delitos de prevaricación administrativa y tráfico de influencias y negociación prohibida a funcionarios públicos. También aprecia un posible delito continuado de cohecho por el supuesto cobro de comisiones ilegales a cambio de las adjudicaciones.

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La resolución, que puede ser recurrida, establece por otro lado el sobreseimiento libre de las actuaciones contra una de las principales investigadas, la que fuera concejal de Cultura de Valencia María José Alcón, al estar fallecida, y el sobreseimiento provisional y parcial de la causa respecto de otros cinco investigados.

El instructor da traslado a la Fiscalía y la acusación particular, que ejerce el Ayuntamiento valenciano, para que en el plazo de veinte días soliciten el sobreseimiento de las diligencias o la apertura de juicio oral.

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