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No hubo sorpresas. La jueza de Instrucción 5 de Valencia, que investigaba los contratos de la Fundación V Encuentro para la visita del Papa a Valencia, decretó ayer el archivo de las actuaciones. Una decisión, en cierta medida, esperada tras algún pronunciamiento de la Audiencia y el controvertido asunto acerca de la naturaleza de la fundación, si era pública o privada.
Otra causa de corrupción cuyos indicios de criminalidad decaen con la instrucción. El sobreseimiento elimina las sospechas sobre el expresidente Francisco Camps; su vicepresidente Víctor Campos y el obispo auxiliar de Valencia, Esteban Escudero, los tres investigados de mayor relevancia en el grupo. Juan Cotino también estuvo imputado, pero su fallecimiento extinguió su responsabilidad penal. A Camps todavía le queda el aval de la F1 y un juicio por contratos de la Gürtel.
El archivo se adopta pese a la postura de la Fiscalía que reclamaba el procesamiento de Camps y del obispo auxiliar. La misma tesis de la Abogacía de la Generalitat que apostaba por sentar a los imputados en el banquillo. Ambas partes puedan ahora recurrir el auto.
La clave es si la fundación era pública y debió someterse a la ley de contratos del sector público o si al ser privada podía encargar a dedo estos servicios. La jueza no duda: era privada. Así consta, por ejemplo, en el acta de la constitución, en varios informes periciales aportados a la causa e incluso de manera implícita lo reconoce la Generalitat cuando el Interventor sólo comienza a auditar la entidad a partir de 2010 con la llegada de dos millones de euros de fondos públicos, detalla el auto. La instructora aclara que el hecho de que las tres cuartas partes de la dotación fundacional proviniera de organismos públicos -Consell, Diputación, Ayuntamiento y Arzobispado- no la convertía en pública, pues no se encontraba adscrita a ninguna de las Administraciones que participaron en su constitución.
Al margen de esta cuestión, existen otras circunstancias para decretar el archivo. No aparecen indicios de que los investigados «se hubieran concertado al inicio para constituir una Fundación con el fin de delinquir y que tuvieran conocimiento de que debía someterse a la normativa de la contratación del sector público. Y menos de que «a sabiendas» de eso y de manera arbitraria se hubieran concertado para eludir la normativa y contratar con determinadas empresas para beneficiarlas. «No existe el mas mínimo rastro», subraya la jueza respecto a esta posibilidad.
La instructora reprocha a la Fiscalía que pese a pedir el procesamiento no concreta qué indicios o roles desempeñaron cada uno de los investigados al margen de que tuvieran algún cargo o representación en la citada fundación. «Es necesario que se desprenda, al menos indiciariamente, qué conducta pudieron desarrollar los investigados que tuviera relevancia penal», precisa. En este sentido, desciende a la figura del expresidente. «Ninguna de las personas que han prestado declaración durante la instrucción manifestó haber visto al Sr. Camps por las dependencias de la Fundación, ni en las reuniones del Patronato, ni en los llamados 'grupos de trabajo' ni haber tratado con él temas relativos a la Fundación o haber recibido instrucción alguna».
Tampoco hay rastro de una supuesta malversación. Este ilícitos estaría relacionado, según las investigaciones, con la aportación de dos millones de euros a la fundación, cantidad que finalmente se utiliza para pagar deudas. Pero esto se hizo con todas las garantías. «Ningún indicio se ha desprendido de que los funcionarios que tenían a su disposición los fondos públicos hubieran sustraído estos, se los hubieran apropiado o hubieran consentido que lo hicieran otros. De igual modo, no se aprecia el ánimo de lucro en esta operación. Todos las decisiones se adoptaron con el visto bueno de la Intervención y la Abogacía, concluye la resolución.
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