![El Jurídic le rehace a Transparencia la orden de ayudas de memoria histórica](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202005/23/media/cortadas/150326223--1248x838.jpg)
![El Jurídic le rehace a Transparencia la orden de ayudas de memoria histórica](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202005/23/media/cortadas/150326223--1248x838.jpg)
Secciones
Servicios
Destacamos
M. HORTELANO
Sábado, 23 de mayo 2020, 00:07
valencia. La Conselleria Transparencia deberá rehacer buena parte de la orden de ayudas para proyectos e iniciativas de memoria histórica porque no se ajusta a derecho. En concreto, el dictamen elaborado por el Consell Jurídic Consultiu (CJC) al texto remitido por el departamento de Rosa Pérez presenta hasta siete observaciones esenciales a los 16 artículos de que se compone el proyecto de ayudas. La revisión del órgano consultivo cuenta además con el voto particular de uno de los consejeros.
En concreto, el análisis jurídico de la orden de ayudas para las asociaciones y entidades, ayuntamientos y mancomunidades que tengan proyectos de memoria histórica, presenta reseñables defectos de forma que impedirán su tramitación si no se modifica casi un 50% del articulado. El Jurídic pone reparos a los artículos relacionados con las entidades beneficiadas, a las obligaciones de los beneficiarios, a la composición de la comisión de valoración o a los criterios de valoración de las solicitudes. Pero también a la resolución de la convocatoria y el plazo, a la justificación y pago de las subvenciones y a la devolución de la ayuda en caso de que no se cumpla lo establecido.
Las observaciones esenciales son el reparo que puede realizar el máximo órgano consultivo a las normas que el Ejecutivo valenciano le remite para su análisis. Se trata de objeciones a preceptos de un proyecto normativo que pueden llegar a comprometer el cumplimiento de normas mayores como la Constitución, el Estatut u otras leyes. Por tanto, cuando el CJC hace este tipo de observaciones, advierte a la conselleria de turno de que existe una disconformidad entre el decreto o norma que remite para su evaluación y el resto del ordenamiento jurídico. Si el Jurídic no hiciera estas objeciones estaría infringiendo su propia labor. Y del mismo modo, si el Consell no incorporara o modificara sus textos para incluir esos cambios, estaría poniendo en marcha proyectos que no cumplen la legislación o chocan con ella.
En concreto, el proyecto de subvenciones de Transparencia no establece, por ejemplo, los criterios que servirán para la concesión de la ayuda en la orden proyectada, como tampoco que las entidades que la disfruten tengan planes de igualdad ya requeridos por la Administración. Respecto a la comisión que entregará las subvenciones el CJC entiende que no queda acreditada la composición equilibrada en cuanto a la paridad, y no puede depender de la titularidad única de los servicios de la propia conselleria, sino que debe estar garantizada. En lo que a los criterios de valoración de solicitudes comprende, el Jurídic estima que Transparencia no aclara qué factores determinarán la puntuación a la hora de cribar las solicitudes, por lo que además de incluir qué valoración máxima y mínima se dará, hay que especificar la ponderación de los mismos.
Respecto al plazo para la justificación y el pago de las ayudas, el órgano consultivo recuerda que la redacción de la conselleria vulnera la ley de Hacienda porque los plazos deben estar fijados en las bases reguladoras, no sólo en la convocatoria. En caso de que la subvención tuviera que reintegrarse, el Jurídic recuerda a la conselleria que no puede limitar el plazo de resolución y notificación a doce meses, sino que debe ser el reglado por la norma reguladora y que no podrá exceder de los seis meses.
Por otra parte, el pleno del Consell declaró ayer de interés general la tramitación de aquellas solicitudes de acceso a información pública relacionadas con la actual crisis sanitaria o con la acción de la administración como consecuencia de la Covid-19, que habían quedado suspendidas con la declaración del estado de alarma. Según explicó la Generalitat en un comunicado, «la aplicación del principio de transparencia de la actividad pública se sitúa entre las prioridades de la acción del Gobierno valenciano. En una situación de crisis como la que ha provocado la pandemia del coronavirus, la transparencia garantiza el derecho a la información de la ciudadanía y la rendición de cuentas».
Según la Conselleria de Transparencia, en el marco del estado de alarma, en todo momento, las consellerias han seguido tramitando las solicitudes de acceso a la información pública y ha seguido funcionando el procedimiento telemático accesible del portal GVA Oberta, y el Consell de Transparencia ha continuado resolviendo reclamaciones. El acuerdo se produce después del requerimiento que la Sindicatura de Greuges envió a Transparencia para que retomara los plazos, hace dos semanas. El derecho de acceso a la información pública se vincula a principios de transparencia, que protege el interés de la ciudadanía a conocer en todo momento aquello que hacen las administraciones.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
El pueblo de Castilla y León que se congela a 7,1 grados bajo cero
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.