Josep Maria Jové, Lluís Salvadó y la consejera del Govern catalán, Natalia Garriga, podrían llegar a librarse del juicio que tienen pendiente por la organización del referéndum ilegal de 2017. La sala penal del TSJC ha decidido aplazar el juicio contra los tres dirigentes de ... ERC, como consecuencia de la «coincidencia de las fechas de celebración de la vista con la campaña electoral y más allá de la jornada electoral del 12 de mayo». La justicia, en cambio, ha rechazado la suspensión pedida por los abogados de la defensa ante la aprobación de la ley de amnistía. Pero si la norma se aprueba antes de que empiece el juicio, que tras el aplazamiento no tiene fecha, podrían evitar sentarse en el banquillo.
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Jové es diputado de ERC y presidente del grupo parlamentario en la Cámara catalana. En 2017, era mano derecha de Oriol Junqueras en la Consejería de Economía y en la Vicepresidencia. Era secretario general de Vicepresidencia. Forma parte de la cúpula de ERC y ha sido uno de los negociadores con el PSOE de la ley de amnistía. Está acusado de malversación, prevaricación y desobediencia. Salvadó es el presidente del Puerto de Barcelona y en 2017 era secretario general de Hacienda del Govern. Está procesado por los mismos delitos que Jové. Garriga es la actual consejera de Cultura de la Generalitat. Está acusada de desobediencia. El juicio estaba fijado del 10 de abril al 29 de mayo. La Fiscalía pide siete años de prisión para Jové y Salvadó.
Según la justicia, es una «causa legítima» de aplazamiento la «necesidad de evitar interferencias recíprocas entre el proceso electoral democrático y el sosiego que tiene que presidir la celebración del juicio oral». El auto judicial destaca además que todas las partes (abogados de la defensa, Fiscalía, Abogacía del Estado y la acusación ejercida por Vox) que han formulado alegaciones coinciden en la «conveniencia de evitar el solapamiento del juicio y la campaña electoral».
Sobre la ley de amnistía, que está en trámite parlamentario, la sala civil y penal asegura que no puede ser tenida, por ahora, como un hecho cierto con capacidad para interferir o alterar el curso del juicio oral. «Únicamente su eventual promulgación y publicación nos legitimaría para realizar el juicio de subsunción fáctica que proponen las defensas de los acusados», señala. Tanto el Fiscal como la Abogacía del Estado y la acusación ejercida por Vox se opusieron a la suspensión del juicio por por la ley de amnistía.
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