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Finales de 2013. El Consell presidido por Alberto Fabra decide el fin de las emisiones de Canal 9. La televisión autonómica cuyas emisiones habían arrancado el 9 de octubre de 1989 inicia el camino hacia su cierre apenas unas horas después de que el TSJ declarara nulo el expediente de regulación de empleo que afectaba a un millar de empleados, y al estimar que los gastos de la readmisión la hacían «inviable». La decisión desencadena un proceso, el del fin de las emisiones, que termina siendo efectivo el 29 de noviembre, y que supone -se vería en las elecciones de 2015- un estimable coste político para los populares. El siguiente paso era el de impulsar la liquidación de la empresa pública. Ese paso debía ser más sencillo -o al menos, no tener dificultades añadidas- que el del fundido a negro. La realidad no ha sido exactamente así.
En septiembre de 2018 el Gobierno valenciano dio luz verde a la liquidación del ente RTVV, la entidad de derecho público encargada de la prestación del servicio de radio y televisión. Así se anunció. Faltaba la S.A.U., la mercantil encargada de facturar, la responsable de actuar a nivel de mercado. Tal y como publicó este diario a principios de año, los problemas no han dejado de sucederse con esta otra. Tanto es así que incluso derivaron en alguna fricción notable en el seno del Gobierno valenciano. Pero el problema, según fuentes conocedoras del proceso, afecta a las dos entidades.
El Boletín Oficial del Registro Mercantil publicó, en su edición de ayer, el cese de los tres liquidadores encargados de la extinción de la empresa: Francisco Gómez Barroso, Agustín Arenas Morcillo e Ignacio González Baixauli. Su salida como responsables de esta labor -el escrito por el que se oficializa su marcha lleva fecha del día 6 de este mes de mayo- podría hacer pensar que la liquidación de la vieja Canal 9, cinco años y medio después, era por fin un hecho. Pero no.
La salida de los liquidadores se produce sin que se hayan cumplido todos los pasos para que pueda considerarse que Canal 9 está definitivamente liquidada. Ni en el caso del ente público ni en el de la sociedad mercantil. Las fuentes consultadas reconocen incluso que habrá que improvisar sobre la marcha para poder resolver definitivamente la situación creada. Y añaden que se puede haber pecado de precipitación a la hora de dar por finalizado el trabajo de los liquidadores sin que se pueda dar por extinguida a la vieja televisión autonómica.
¿Cuál es esa situación de ese proceso? En el caso del ente, los liquidadores no han presentado la formulación de las cuentas correspondientes al ejercicio de 2018. Sin esa formulación, las cuentas no pueden remitirse a una empresa auditora para que las informe y valide. De hecho, si la auditoría encuentra alguna circunstancia con la que no está de acuerdo o si realiza alguna alegación, debe comunicarla de nuevo a la empresa -representada por los liquidadores- para que la atiendan y la corrijan.
Sin el visto bueno de la auditoría, la liquidación no puede llevarse para su inscripción al registro mercantil. Y este es, a su vez, el paso previo para llevar a cabo el proceso de adscripción a la administración autonómica del activo y el pasivo del ente. Es en ese momento cuando sí que se puede considerar efectiva la liquidación. Presidencia de la Generalitat admitió en enero que confiaban en poder dar prácticamente por resuelto el proceso en marzo. Pero no ha ocurrido.
La situación del ente es más grave que la de la mercantil. Esta segunda sí cuenta con el visto bueno de la empresa auditora, aunque ésta llegó con salvedades. En concreto, el informe -con fecha del pasado 1 de abril- advierte de que RTVV debe reintegrar a la Generalitat 1,5 millones de euros, como consecuencia de las transferencias corrientes y de capital realizadas por la administración autonómicas y no aplicadas a su finalidad.
Pese a que no se han formulado las cuentas de 2018 del ente, y con las salvedades de las que alerta el auditor en las de la mercantil, Presidencia de la Generalitat ha decidido dar por finiquitada la labor de los liquidadores. Pero esa decisión genera un escenario de incertidumbre. Las fuentes consultadas estiman que, en el caso del ente, será necesario remitir a la auditoría la información contable de la que se dispone hasta la fecha, a pesar de que no sea una formulación de cuentas como tal. Con la mercantil, de la que dependen activos como el edificio de Burjassot, la administración autonómica tendrá que proceder a llevar a cabo la depuración de su situación registral para poder completar la adscripción de ese activo.
Los problemas con la liquidación de Canal 9 vienen de lejos. En julio de 2017 la empresa encargada de auditar la mercantil ya cargó contra la lentitud que venían mostrando los liquidadores. «Transcurridos tres años desde la apertura de la liquidación sin que se haya sometido a la aprobación de la Junta General el balance final de liquidación, cualquier socio o persona con interés legítimo podrá solicitar del juez de lo mercantil del domicilio social la separación de los liquidadores», dijo.
En el último pleno de 2018 el Consell aprobó una propuesta por la que se aceptaba la cesión global de activos y pasivos de la Sociedad a favor de la Generalitat. El Consell aprobó ese acuerdo que, en teoría, era el que certificaba definitivamente la liquidación, pero la condicionó a la finalización del proceso de cesión de los activos y pasivos de la cedente a la cesionaria. Paso que no se ha producido en el caso del ente, y ha tropezado con algunas dificultades en el de la mercantil, porque algunos bienes como el del edificio de Burjassot no se han entregado inscritos en el registro.
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