![Olivas se suma a Zaplana en su petición para que sea la Audiencia Nacional la que investigue Erial](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202005/07/media/cortadas/LF2SRBC1-R1od5ObRzW18YEZ7j6IZYIP-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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La petición de Eduardo Zaplana de que su caso sea investigado por un juzgado central de instrucción de la Audiencia Nacional y no por la juez de Valencia que ha llevado hasta ahora las diligencias comienza a sumar adhesiones. La primera ha llegado del que también fuera presidente de la Generalitat y, además, presidente de Bancaja y Banco de Valencia, José Luis Olivas. El exdirigente de los populares se encuentra investigado por recibir 580.000 euros de una supuesta comisión, según la UCO. En su día, el expresidente trató de camuflar esa presunta mordida tras el pago de un asesoramiento por la venta de unas acciones de una sociedad vinculada a la familia Cotino. Esto ocurrió en 2008. Olivas fue juzgado y condenado por estos hechos por fraude a Hacienda y falsedad documental hace un par de años.
Fue con el estallido de la operación policial de Erial contra el principal cabecilla, Eduardo Zaplana, cuando el sumario, al parecer, resolvió esta incógnita: «La cantidad que podría corresponder al pago de un presunto soborno con ocasión del trato de favor recibido por Sedesa en la adjudicación de tres zonas del plan eólico».
La defensa de Zaplana sostiene que todos los hechos que se analizan en este asunto han ocurrido en el extranjero, desde la constitución de las famosas sociedades en Luxemburgo hasta las presuntas operaciones de blanqueo. Los delitos cometidos por españoles en el extranjero son competencia de la Audiencia Nacional. El hecho de que la instrucción arrancara en Valencia se debe a los papeles que se encontraron durante el registro del despacho del abogado de Marcos Benavent durante las diligencias del caso Imelsa. Se trataba de documentación que un inquilino del piso en el que residió Zaplana se encontró por casualidad en la vivienda.
La jueza todavía no ha decidido si se inhibe. Los plazos procesales están suspendidos, aunque eso no le impediría dictar una primera resolución. Lo que se paralizaría debido a la situación de excepcionalidad sería la posibilidad de un recurso a esa decisión.
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