burguera
Viernes, 16 de octubre 2020, 13:40
La portavoz del Consell, Mónica Oltra, acaba de indicar que le Consell ve dos problemas en el pronunciamiento que avala las sentencias contra los recortes de Marzà a los conciertos con centros educativos de la Comunitat. «Si se interpreta que la concertación es vitalicia, para siempre, la adecuación del mapa escolar, cuando se produce un descenso del número de alumnos por ejemplo, sólo se podría realizar a través del cierre de colegios públicos. Llegaríamos al punto absurdo de pagar por tener centros privados dando Bachillerato y tener que cerrar los públicos. No parece muy razonable en cuanto a eficiencia«, señaló la vicepresidenta.
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«¿Y qué pasa con la ley de competencia marcada por la ley europea, o es que ya nadie se puede presentar?», se preguntó Oltra, para quien el pronunciamiento del Alto Tribunal supone «una fractura del dogma de la competencia. Estamos estudiando la sentencia, pero habrá que tener en cuenta que será necesario un cambio de ley para no llevarnos a situaciones absurdas, como sería cerrar institutos públicos. No tiene sentido y es ineficiente«.
La vicepresidenta aseguró que los servicios jurídicos de la Generalitat están estudiando «la sentencia para ver si hay posibilidad de continuar con la via judicial». En este sentido, compensar a los centros educativos que se han visto respaldados por la sentencia del Supremo «tiene que ver con cumplir la sentencia, y para eso habrá que verse si se continúa con la vía judicial, y si no es así se acatará».
El Tribunal Supremo acaba de pronunciarse sobre una de las medidas más controvertidas del Botánico: la creación de un reglamento autonómico que permitió a la Conselleria de Educación, dirigida por Vicent Marzà, recortar los conciertos de las enseñanzas postobligatorias, los de Bachillerato y FP.
El Alto Tribunal confirma que la pérdida de los fondos públicos para diferentes clases de dos colegios, en base a la citada disposición autonómica, no se ajustó a la normativa estatal sobre la materia.
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Los centros beneficiados por la decisión del Supremo son Nuestra Señora del Pilar de Valencia, que perdió a partir del 2017-2018 los fondos públicos para una línea de Bachillerato (1º y 2º) y La Salle de Paterna. En este caso no se renovó el concierto para tres ciclos formativos. En ambos casos el TSJCV ya tumbó en 2018 los recortes aplicados tras las correspondientes impugnaciones de las titularidades de las escuelas, por lo que la Generalitat optó por la vía de la casación. El Alto Tribunal ha desestimado los dos recursos del Consell, confirmando la primera sentencia, que estableció que las unidades afectadas deben considerarse concertadas hasta este curso, incluyendo también la dotación de los recursos económicos relacionados con esta decisión. Es decir, abonar los módulos del concierto que no se ha disfrutado durante los últimos cuatro cursos. l
Una veintena de centros (el 20% de los que tenían Bachillerato concertado) se vieron obligados a volver a presentar sus peticiones de contar con líneas de Bachillerato y desde Educación fueran desestimadas, con argumentos como que no servían para cubrir necesidades de escolarización. Para el Supremo no es una opción válida, pues choca con el reglamento básico de conciertos, disposición estatal de 1985 que recoge expresamente la posibilidad de la renovación. «La sujeción a la normativa básica supone que, al término de los cuatro años, los centros tienen la posibilidad de la renovación, y se renovarán siempre que sigan cumpliendo los requisitos que determinaron su aprobación, luego no tienen que interesar una solicitud ex novo», dicen los fallos, idénticos en sus razonamientos.La aplicación del decreto autonómico implicó la pérdida de fondos públicos para una veintena de centros con Bachillerato, además de otros casos de FP, que recurrieron, el TSJCV les dio la razón y ahora esperan a lo que diga el Supremo.
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