Habrá presupuesto de la Generalitat para 2020. La sentencia de un alto cargo del Gobierno valenciano llega 24 horas después de que el jefe del Consell, Ximo Puig, corrigiera a su conseller de Hacienda, Vicent Soler, y se mostrara partidario de agotar todas las posibilidades para evitar la prórroga de los presupuestos de este año. Pese a la premura de tiempo para sacar adelante esas cuentas -deben presentarse antes del 31 de octubre-, algunos órganos que deben incorporar sus cuentas a las de la Generalitat, como Les Corts, trabajan ya en su propio proyecto de ley para el nuevo ejercicio.
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Prorrogar los presupuestos, el escenario defendido por la conselleria de Hacienda hasta la fecha -incluso tras conocer la liquidación que se recibirá el próximo año por la financiación autonómica de 2018- supone una decisión que, en términos políticos, implica una evidente renuncia a trazar el reparto financiero para plasmar las políticas del Consell. Una decisión mucho más vinculada al reconocimiento de las dificultades de tener que volver a pactar con los socios del Botánico –en plena campaña electoral– que a las razones objetivas para no intentarlo.
¿Qué significa prorrogar las cuentas? La Constitución y la Ley General Presupuestaria recogen el marco general en el que se debe adoptar una decisión de este tipo, vinculada a sobrevivir con los presupuestos del ejercicio anterior. Pero luego está la letra pequeña, la que debe reflejarse en un decreto que regulará las condiciones de esa prórroga y que debe aprobar el Consell. Atendiendo a lo que señala la Ley General Presupuestaria en su artículo 38, no se pueden prorrogar los créditos para gastos de programas o actividades que hayan finalizado en el año en curso. El Gobierno tampoco tendría capacidad para decidir nuevos gastos.
El apartado de personal es el que más podría verse afectado. La administración autonómica no podría ampliar su plantilla –es decir, no podría convocar Oferta Pública de Empleo (OPE), salvo en los procesos iniciados este año–. Los sueldos de los empleados públicos quedarán congelados aunque, eso sí, podrían incrementarse en el mismo porcentaje que autorizara la normativa básica del Estado, si así se recogiera en ese decreto.
Por lo que se refiere a las inversiones, el Consell únicamente podría atender compromisos de carácter plurianual adquiridos en ejercicios anteriores así como en 2019, y partidas finalistas.
¿Y las líneas de ayudas nominativas? Pese a que podría entenderse que esas ayudas pudieran tener carácter plurianual si se repiten cada año, lo cierto es que en tanto que requieren de una aprobación cada ejercicio, deben establecerse en el presupuesto del año en el que quieren concederse.
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Esa circunstancia provoca que, para aprobarse, tuvieran que someterse a una compleja tramitación parlamentaria. De hecho, el Consell tendría que adoptar la correspondiente decisión vía decreto, que a su vez tendría que pasar por Les Corts, justificada su urgencia, para poder ver la luz. Subvenciones como las que reciben empresas como Ford o Air Nostrum podrían verse condicionadas por esta circunstancia. La Intervención del Estado se ha pronunciado en este mismo sentido al entender que no pueden mantener el carácter de subvenciones nominativas del ejercicio anterior los créditos que figuren en el presupuesto prorrogado, ya que la habilitación legal para la concesión directa de estas ayudas amparada en la ley anual de presupuestos se agota en el ejercicio presupuestario para el que fueron aprobados.
En el capítulo de ingresos, el Consell tendría que mantener la misma política impositiva del ejercicio en curso, de manera que no cabrían nuevas medidas de presión fiscal. En el de gasto, salvo criterio en contra establecido por decreto, no cabrían modificaciones de crédito, circunstancia que afectaría no sólo a los beneficiarios de líneas de subvenciones, sino también a las empresas del sector público.
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