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Tribunal Supremo. Alberto Ferreras
El Supremo considera que los partidos no pueden recurrir los indultos del 'procés'

El Supremo considera que los partidos no pueden recurrir los indultos del 'procés'

Dos de los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo consideran que el alto tribunal se precipitó tumbando los alegatos contra la media de gracia

Cristian Reino

Barcelona

Miércoles, 23 de febrero 2022, 19:52

El Tribunal Supremo hizo este miércoles público las resoluciones con las que tumbó los recursos presentados contra los indultos parciales aprobados en junio del año pasado por el Gobierno a favor de los nueve presos del 'procés'. La Sala de lo Contencioso-Administrativo adoptó la decisión por una mayoría de tres a dos y al menos de momento cierra la puerta a que estas medidas de gracia puedan ser revisadas. Se abre ahora, eso sí, un plazo para presentar recursos de súplica para intentar que la Sala reconsidere su decisión.

El alto tribunal estimó las alegaciones presentadas por la Abogacía del Estado y señaló que ni Vox, ni PP, ni ninguno de los particulares (hasta una sesentena) de dirigentes políticos que intentaron paralizar los indultos tenía «legitmidad activa» para impugnar las decisiones del Gobierno. Solo puede hacerlo, afirman los jueces del Supremo, quienes puedan constatar «un interés legítimo derivado de haber sido víctima, ofendido o perjudicado por el delito». Ese interés legitimador como afectado «ha de aparecer como determinante de la condena» y «guardar relación directa con los hechos de la condena», según los autos.

Dos de los cinco magistrados de la sala tercera, en cambio, emitieron un voto particular en el que defienden que Vox, PP y Cs sí pueden presentar recurso contra los indultos. Los jueces Wenceslao Olea y Fernando Román discrepan de sus compañeros y consideran que «no se puede afirmar que los recurrentes no tienen legitimación». «Todos y cada uno de los españoles» fueron víctimas del 1-O, concluyen.

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