Jarro de agua fría a las expectativas del alcalde Joan Ribó, que denunció en el juzgado supuestas irregularidades en las adjudicaciones de la Japan ... Week, Expojove y eventos de la Fundación Deportiva Municipal a las empresas del grupo Trasgos.
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Los hechos son del periodo 1999-2012, la etapa dorada de Rita Barberá en el Consistorio. El archivo del instructor confirma la tesis inicial de la Fiscalía, que tampoco apreció indicios suficientes para continuar con el procedimiento penal. Idéntica conclusión que alcanza ahora el juez pese a la intención del Ayuntamiento y del propio alcalde de mantener vivo el asunto y solicitar imputaciones.
La Udef, con un retraso considerable, analizó adjudicaciones del Consistorio al entramado de Trasgos, un conjunto de empresas bajo una misma dirección. La sociedad aparece señalada en el caso del pitufeo como la agencia de comunicación que organizó la campaña de 2011.
Estas mercantiles facturaron al Ayuntamiento 2,8 millones de euros, especialmente durante los años 2001 a 2006. La denuncia y las pesquisas tenían como objetivo averiguar si existió «un concierto de responsables políticos» para favorecer a estas firmas a través de contratos menores y sin publicidad.
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El análisis exhaustivo de los hechos lleva al juez a descartar un delito de prevaricación. Es cierto que la documentación pone de manifiesto «posibles, reiteradas y variadas irregularidades de carácter administrativo», pero «no consta que ninguno de ellos fuera puesto en tela de juicio, o sujeto a tacha alguna, ni en todo caso por su supuesta arbitrariedad o manifiesta injusticia en las irregularidades», recoge el auto facilitado por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
No se aprecia, pues, una «manifiesta arbitrariedad» para mantener la prevaricación como una de las hipótesis de la acusación, sostiene el titular de Instrucción 20 de Valencia. Pero, además, tal y como recuerda la resolución, nunca se planteó objeción reseñable por parte de la Sindicatura o de la Intervención del Ayuntamiento. Como colofón del relato exculpatorio, todos las contrataciones se efectúan y «su precio es el de mercado».
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La investigación policial desveló un habitual fraccionamiento de contratos a favor del grupo Trasgos. Pero esta práctica irregular no necesariamente resulta delictiva. Son necesarios otros indicios. En este supuesto, además, se da el caso de que son eventos que se celebran «sin previsión suficiente para verificar su ejecución y desarrollo a través de concurso público». El fiscal, en el momento de analizar las actuaciones, subrayó que esta práctica irregular se había producido en una decena de ocasiones en 15 años.
El juez también aborda otro apartado del informe policial como el uso de criterios poco objetivos a la hora de adjudicar algunos contratos o fallos en las facturas que confeccionan desde Trasgos. Respecto al primer punto –razona el auto– serían deseables más fórmulas de ese tipo para no incurrir en arbitrariedad, pero su uso no es ilegal ni mucho menos.
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Los errores en las facturas, por otra parte, no revisten entidad y menos en supuestos como el analizado donde todos los servicios están prestados. El análisis de las actuaciones por parte del instructor descarta, de igual modo que la prevaricación, la posible comisión de un delito de tráfico de influencias. La malversación era el ilícito de mayor gravedad. Pero tampoco se dan los requisitos del tipo y menos en unas contrataciones que se han demostrado reales.
La decisión puede ser recurrida. Compromís quizá busque la reapertura de estas diligencias. De hecho, el Ayuntamiento, personado como acusación particular, pretendía la identificación de los responsables de cada concejalía para su citación como imputados. Otra ofensiva contra Barberá por los gastos de alcaldía fue abortada por el Tribunal Supremo, que descartó la existencia de delito. La coalición nacionalista sí se mantiene como acusación en el caso del pitufeo. En breve, debería –si quiere– presentar su escrito de acusación.
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