La representación de Teresa Tanco, la víctima de los abusos del exmarido de Mónica Oltra, ha presentado un escrito en la Audiencia en el ... que se opone a la petición del condenado de posponer sine die su ingreso en la cárcel a la espera del pronunciamiento del Tribunal Constitucional. Considera que no se dan los requisitos necesarios y expone el riesgo de que todo sea una estrategia del docente para eludir la acción de la Justicia.
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En primer lugar aclara, no obstante, que una decisión de esta naturaleza corresponde al Constitucional y no al tribunal sentenciador. Sería en ese órgano donde presentar el escrito. Recuerda, además, que una hipotética suspensión es siempre «excepcional» y de carácter restrictivo.
La víctima subraya la gravedad de los hechos, su trascendencia social, la duración de la pena y la posible desprotección de los perjudicados. Entre estas variables, destaca que se trate de una condena por un delito continuado de abuso sexual a una menor de 16 años.
El escrito de oposición aprovecha para criticar la «actitud torticera del condenado» por esperar hasta el último momento para pedir la suspensión tras anunciar el recurso de amparo. El Tribunal Supremo ratificó la condena de cinco años de cárcel el pasado mes de diciembre.
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Pero no ha sido hasta que ha sido requerido por la Audiencia para entrar en prisión cuando ha informado de este recurso, siempre de carácter excepcional. Y además lo ha hecho tras obtener un primer aplazamiento del ingreso por una cita médica, fecha que todavía fue pospuesta de nuevo tras confundir el día de visita con el profesional sanitario.
El Tribunal Supremo ratificó la pena de cinco años de cárcel el pasado mes de diciembre al desestimar el recurso de la defensa. La representación de Icardi alegó en su momento un rebaja de la condena por haber contribuido con 6.000 euros a la reparación del daño y por las dilaciones indebidas, el retraso que ha sufrido la causa con, por ejemplo, la repetición del juicio.
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A partir de su privación de libertad, empezará a cumplir también el resto de la condena. En este sentido, la vigencia de la condena de prohibición de aproximación a la víctima de los abusos «a una distancia no inferior a 200 metros, a su domicilio o a cualquier otro lugar frecuentado por la misma, así como prohibición de comunicarse con ella durante diez años». Igualmente se le impuso la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto con menores durante un plazo de 10 años.
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