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La defensa del expresidente de la Generalitat Eduardo Zaplana ha solicitado al juzgado que investiga el caso Erial que paralice la instrucción y se inhiba a la Audiencia Nacional, el órgano competente para la averiguación de hechos supuestamente delictivos cometidos por españoles en el extranjero.
La tesis del letrado consiste en que toda la investigación que se ha practicado pivota sobre las comisiones rogatorias de unas supuestas acciones delictivas (pago de comisiones por la adjudicación de los parques eólicos y la privatización de las ITV, y el posterior blanqueo de capitales) que se produjeron, siempre según el relato de la UCO y la Fiscalía Anticorrupción, en Luxemburgo, Suiza y Uruguay, país de residencia del presunto testaferro de Zaplana, Fernando Belhot. Por ejemplo, tal y como consta en el sumario, desde el país suramericano se ordenan diferentes transferencias a Andorra y Hong Kong.
En definitiva, el letrado del expresidente considera que el supuesto cohecho se cometió en Luxemburgo, según las averiguaciones de los agentes. De igual modo, todas las operativas presuntamente ejecutadas para el lavado del dinero -fundamentalmente transferencias- se produjeron también fuera del territorio español.
El escrito subraya que no hay ningún indicio de los hechos investigados hasta la fecha que tenga relación con Valencia, ni siquiera el lugar de residencia del político que en el momento de iniciarse las pesquisas era Madrid.
La causa se abrió en la capital del Turia porque deriva de una documentación hallada durante el registro del despacho del abogado de Marcos Benavent en las diligencias del caso Imelsa, que se sigue en Instrucción 18 de Valencia. Se trata de aquellos papeles que el personaje más extraño de toda esta trama, un ciudadano sirio que residió en el piso que ocupó previamente Zaplana, le entregó al gerente de Imelsa tras un hallazgo casual.
Sin embargo, los representantes legales de Zaplana consideran que ahora, una vez levantado el secreto de sumario y conocidos todos los detalles, esa cuestión sería secundaria y debe primar el hecho de la competencia de la Audiencia Nacional. Recuerdan, además, que la complejidad de las presuntas operaciones realizadas en Erial y la dificultad de un asunto de esta naturaleza aconsejan el envío del expediente a un juzgado especializado en estos casos.
El letrado del exministro de Trabajo apunta, por ejemplo, cómo el Tribunal Supremo anuló una condena de la Audiencia de Valencia al hermano del exvicepresidente de la Diputación de Valencia Enrique Crespo porque el delito de blanqueo se había cometido en Andorra.
Zaplana señala también como otros asuntos de similar índole como Lezo, Púnica, Gürtel o el conocido como caso Pujol se siguen en los juzgados centrales de instrucción.
Los plazos judiciales están suspendidos por lo que es una incógnita de qué manera se tramitará esta solicitud. La juez de Instrucción 8 de Valencia podría, no obstante, resolver este escrito, aunque el proceso para recurrir su decisión se paralizaría
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