Archivada la causa penal contra al alcaldesa de Algemesí por el caso de la tesorera
El auto de la Audiencia Provincial fundamenta que no se vulneró la intimidad de la trabajadora y se reabrirá el expediente
A. TALAVERA
ALZIRA.
Sábado, 28 de diciembre 2019, 01:01
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha sobreseido las causas penales contra la alcaldesa de Algemesí, Marta Trenzano, que había interpuesto la tesorera del Ayuntamiento de Algemesí por el acceso a su ordenador de trabajo.
De esta forma, acaba el proceso penal dando la razón a la alcaldesa ya que el auto esgrime que no se cometió el delito contra la intimidad de la trabajadora como denunció la tesorera en su momento.
El auto fechado el día 23 de diciembre apunta que «no puede calificarse como penalmente relevante» la actuación de Trenzano ya que el ordenador era de titularidad municipal y aunque no se recabó el consentimiento de la querellante para acceder a él, «no lo hizo de forma clandestina sino que previo dictado de una provindencia».
Trenzano asegura que «estaba tranquila porque habíamos actuado bien»
También se señala en la resolución judicial, contra la que ya no cabe recurso, que «los archivos copiados fueron custodiados [...] sin que accedieran a su contenido». Además, «realmente no se necesitó acceder físicamente al ordenador de la querellante, dado que una parte de esa información estaba alojada en el servidor del Ayuntamiento».
De esta forma, una vez finalizada la vía penal de este caso, se reabrirá el expediente disciplinario contra la tesorera por realizar otros trabajos ajenos en horario laboral, incumplimiento de horario y por falsificar un certificado para justificar una ausencia.
«Desde el primer momento estábamos tranquilos porque sabíamos que habíamos actuado de forma correcta», comenta Trenzano tras la publicación de este auto que la libera de toda responsabilidad penal.
Cabe recordar que esta pugna judicial entre el Ayuntamiento de Algemesí y la tesorera municipal se remonta a 2018 cuando la primera edil recibió denuncias de trabajadores municipales en las que se informaba que encontraban en la impresora y en el escáner documentos ajenos al Ayuntamiento. Por este motivo, el consistorio dictó una providencia para acceder a su ordenador para poder comprobar si realizaba tareas que no tenían que ver con su trabajo.
«Iniciamos un expediente disciplinario porque se dedicaba a gestionar otras empresas e incumplía el horario de forma reiterada», explica la alcaldesa de Algemesí.
La apertura del expediente provocó el inicio de la batalla judicial entre la tesorera y el Ayuntamiento. Además, del proceso penal que culmina con este auto de la Audiencia Provincial que sobresee los recursos, también se han llevado a cabo causas contenciosas contra el acuerdo del pleno en el que se solicitaba abrir dicho expediente. Un proceso que finalizó en febrero en el que la justicia dio la razón al Ayuntamiento de Algemesí.
En el caso del proceso penal, la tesorera presentó una querella por un delito de prevaricación, otro de revelación de secretos y contra la intimidad. Éste último es el que se ha archivado en este auto de la Audiencia Provincial ya que los otros ya habían sido sobreseidos por el juzgado número 2 de Alzira aunque se había presentado recurso por parte de la trabajadora que ahora también ha sido desestimado.
En el caso de prevaricación, la sentencia de la Audiencia Provincial recuerda que para acceder al ordenador se dictó una providencia que fue redactada por una funcionaria que «no puso ninguna objeción» y que en este documento se obligaba a cumplir con la normativa sobre protección de datos y con la máxima confidencialidad. También se refleja que el Secretario municipal «no denunció una manifiesta ilegalidad de la providencia» por lo que se descarta la prevaricación.
Ahora las administraciones tendrán que dirimir sobre el expediente disciplinario de la trabajadora.
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