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B. González
Xàtiva
Miércoles, 14 de junio 2023, 10:43
La titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Xàtiva ha acordado prorrogar dos años más, hasta el 28 de junio de 2025, la prisión provisional, comunicada y sin fianza de Jesús A., presunto autor del crimen de Héctor Casanova, en una casa de campo del término de Torrella ocurrido en junio de 2021.
Secunda así la petición tanto de la fiscal como de la acusación particular, al entender que existe un "alto riesgo de fuga" que se deduce, no sólo, indica la instructora, por la gravedad del delito que se le imputa y la pena que lleva aparejada, sino por el resultado de la instrucción que, asegura, "lejos de haber hecho disminuir los indicios de criminalidad frente al mismo, ha supuesto un aumento y un refuerzo de los mismos". También alega la proximidad de la celebración del juicio oral.
Cabe recordar que el Ministerio Fiscal pide para Jesús A. una pena de 14 años de prisión por un delito de homicidio, mientras que la acusación particular califica el delito como asesinato y pide una pena de 23 años de prisión.
La jueza también ha prorrogado la prisión provisional para el otro acusado en este proceso, Jordan S., con las mismos fundamentos: el alto riesgo de fuga. "Es evidente que la cercanía del juicio, con una solicitud de pena por parte del Ministerio Fiscal y las acusaciones tan elevada, aumenta el riesgo de eludir la acción de la justicia...En este caso no se ha producido una modificación de las circunstancias en cuya virtud se acordó la prisión provisional; por el contrario, aunque el tiempo transcurrido desde la fecha en que se acordó la medida cautelar pudiera sugerir, en principio, una disminución del riesgo de fuga, existen datos añadidos que permiten suponer un incremento de tal riesgo", argumenta en su Auto.
Cabe recordar que para este acusado, la fiscal pide una pena de 5 años de prisión, así como delito de omisión del deber de socorro, mientras que la acusación particular por el delito de asesinato en grado de tentativa pide 10 años de cárcel y por la otra acusación particular (los padres de la víctima) un delito de omisión del deber de socorro.
"El conocimiento por el acusado de una petición de pena contra él formulada permite inferir un notable riesgo de fuga en caso de excarcelación, con el consiguiente perjuicio para la celebración del juicio oral respecto del mismo y de los demás encausados, riesgo de fuga que no puede estimarse contrarrestado por el arraigo del imputado", apunta.
En el caso de Jordan S., cabe recordar, que acudió junto a la víctima Héctor Casanova, a la vivienda del otro acusado, Jesús A., con la intención de quemarla y que huyó del lugar cuando Jesús hirió mortalmente a Jesús sin ofrecerle el auxilio requerido.
Ambos autos de prórroga de prisión son apelables, con tramitación preferente, para lo que los defensores tienen cinco días para interponer el recurso.
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