B. González.
La Font de La Figuera
Jueves, 29 de octubre 2020, 19:59
El Partido Popular de La Font de la Figuera ha mostrado su satisfacción por la sentencia dictada el pasado lunes por el Tribunal Supremo, en la que ratifica parcialmente la sentencia del TSJ de la Comunitat que anulaba los nombramientos de la concejal no adscrita en el Ayuntamiento de La Font de la Figuera, Purificación Lluch, por decreto de la alcaldía, como teniente de alcalde y responsable de distintas áreas municipales.
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«Estamos muy satisfechos porque el Supremo ratifica lo que denunciamos y especialmente porque nuestra agrupación ha creado jurisprudencia», asegura la portavoz municipal, Mª José Penadés, quien lamenta que se haya pagado «con el dinero de todos las costas de los procesos judiciales» y asegura que no descartan emprender acciones legales para que ese dinero se devuelva a las arcas municipales.
En su sentencia, el Supremo atendiendo al artículo 73.3.3 de la Ley de Bases de Régimen Local, expone que si bien hay derechos políticos y económicos derivados del mandado representativo, «el pase a la condición de concejal no adscrito, por incurrir en transfuguismo», sí afecta a los cargos concedidos por decisión discrecional del alcalde. El alto tribunal si estima parcialmente el recurso de casación del Ayuntamiento de la Font, en lo relativo a su participación en las comisiones informativas.
Desde el equipo de gobierno dicen que acatan la sentencia, pero que no la comparten, al considerar que las delegaciones se habrían otorgado igual si Lluch hubiera continuado en Cs.
Casos similares en curso
A esta sentencia se agarrarán los socialistas de Canals donde también el voto de dos exconcejales de Ciudadanos dieron la alcaldía a la candidata de Compromís. El PSOE ha recurrido la decisión del pleno de diciembre de 2019 en el que a estos dos concejales, que pasaron también al grupo de no adscritos, se les asignara un sueldo. Los socialistas se basan también en el artículo 73.3.3 de la ley de Régimen Local, asegurando que en este caso también se ha premiado el transfuguismo. El recurso ha sido admitido por el contencioso administrativo.
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