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Terrazas en la Plaza del Mercat de Xàtiva. B.G.
Una sentencia obliga a Xàtiva a limitar el horario de los establecimientos de la Plaza del Mercat

Una sentencia obliga a Xàtiva a limitar el horario de los establecimientos de la Plaza del Mercat

El Ayuntamiento adopta nuevas medidas para acatar la decisión del Contencioso a favor del derecho al descanso del vecindario

R.X.

Xàtiva

Lunes, 16 de diciembre 2024, 15:49

Los restaurantes y establecimientos de ocio de la Plaza del Mercat de Xàtiva tendrán que cerrar a partir de ahora a las 1:30 horas de la madrugada. Es una de las medidas adoptadas por el Ayuntamiento tras la sentencia dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo número 5 de Valencia, que da la razón a los vecinos en su derecho al descanso y le insta a actuar para reducir la contaminación acústica, incluyendo la regulación de actuaciones en directo, la limitación de horarios de apertura y el cese o revocación de autorizaciones.

Solo se podrán conceder horarios excepcionales en fechas específicas reguladas anualmente (5 de enero, 8 y 31 de octubre, 24 y 31 de diciembre), así como entre el 15 y el 20 de agosto. El horario de las terrazas será el mismo que el de la declaración ZAS original: de 8:00 a 1:00 h del 1 de marzo al 30 de octubre (extendiéndose hasta la 1:30h los viernes, sábados y vísperas de festivos) y hasta las 00:30 h de noviembre a febrero (ampliándose a la 1:30 h los viernes, sábados y festivos).

Otras medidas  que se adoptará será la suspensión de la emisión de nuevas licencias para establecimientos y locales que congreguen un gran número de personas, así como los eventos anuales en este entorno, como salas de fiesta, discotecas, pubs, bares, establecimientos con ambientación musical, bingos, salones de juego y recreativos, gimnasios y actividades susceptibles de generar ruido con medios de reproducción automática o en directo, como karaokes, salas de baile, salones de banquetes, salas polivalentes, entre otros.

Así, solo se permitirán aquellos sin música asociada ni reproducción mecánica. Se mantendrán, con los horarios habituales, las festividades tradicionales (fallas, plantà, cremà), religiosas (procesiones de Semana Santa, tamborada, Corpus Christi, etc.), y otras como el Mercado de Navidad, el mercado medieval, mercadillos o eventos deportivos.

Para los eventos con reproducción musical, se autorizarán hasta un máximo de tres al año, consensuados al inicio del año con el sector hostelero, como calçotadas populares, Oktoberfest, Fira d'Abril, Sant Joan, etc. Estas actividades podrán realizarse entre las 8:30 y las 14:00 h y entre las 17:00 y las 22:00h.

Las demás medidas (regulación del tráfico rodado, presencia policial, instalación de limitadores acústicos y colocación de muelles de retorno en las puertas de los locales) se mantendrán como hasta ahora.

Todas estas medidas entrarán en vigor de manera cautelar al día siguiente de su publicación en el DOCV. Cabe destacar que estas acciones han sido consensuadas con los vecinos afectados y el sector hostelero de la zona, teniendo en cuenta las necesidades y especificaciones indicadas en la sentencia judicial.

Zona ZAS

La zona de la plaza del Mercat y sus calles adyacentes, situadas en el casco antiguo de la ciudad, fue declarada ZAS por el pleno municipal en febrero de 2015. Estas zonas se caracterizan por elevados niveles de ruido derivados de actividades recreativas, espectáculos, establecimientos públicos, la actividad de los usuarios, el tráfico o cualquier otra fuente que incremente el nivel sonoro.

En aquel momento, se tomaron medidas como la modificación del horario de las terrazas, la regulación del tráfico durante fines de semana y vísperas de festivos (de 20:00 a 8:00h), un mayor despliegue policial y la instalación de limitadores acústicos calibrados a 80 dB. Sin embargo, según la resolución judicial emitida por el magistrado, los niveles acústicos no han mejorado desde la declaración de la ZAS.

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