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La OCU advierte: esto es lo que nunca deben cobrarte en un bar o restaurante

La Organización de Consumidores y Usuarios resuelve las dudas más frecuentes de los clientes

M.P.

Jueves, 24 de febrero 2022, 21:04

¿Pueden cobrarte por el pan? ¿Y un suplemento por sentarte en la terraza de un bar en vez de en el interior? La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) nos saca de dudas y para que el cliente no se lleve ninguna sorpresa cuando pida la cuenta en un bar o restaurante ha publicado en su página web una serie de consejos. Y es que, aunque no suponen un gran aumento del gasto final, estos pequeños cobros pueden dejar un sabor agridulce al final de la comida.

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Para evitar esta situación tan molesta, la OCU especifica las cinco cosas que no te pueden cobrar sin más. Se trata de las siguientes:

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    El cubierto

Según explica la OCU, «no es legal cobrar por el servicio o cubierto: esto debe estar incluido en el precio».

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    Un 'plus' por la reserva

No pueden cobrarte de más por haber hecho una reserva. Así lo dice el organismo, que especifica que lo que sí pueden hacer (llega ser una práctica habitual en grupos grandes, peridodos de fiestas, como las celebraciones navideñas) es cobrarte por adelantado una cantidad en concepto de reserva, pero luego deberían descontarlo del importe total.

¿Y qué sucede si, tras reservar un evento, el coronavirus te obliga a cancelarlo? Pues, según la OCU, esa reserva debe contemplar la opción de anulación y reembolso por causa de fuerza mayor. «La covid, al igual que otras enfermedades, es un motivo de fuerza mayor que justifica la cancelación (no solo la enfermedad en sí, sino el contacto directo o la elemental prudencia)», señalan.

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    Suplementos por mesa o terraza

Este suplemento sí pueden cobrártelo pero puntualizan: «deben indicarlo así y detallar el coste del servicio en la terraza, aclarando la cuantía, porque no basta un porcentaje del precio. De nuevo es preciso haber informado con antelación del importe, indicándolo en la carta y el establecimiento. Y debe aparecer en la factura».

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    El IVA

El IVA también debe estar incluido en los precios que aparecen en carta y no añadirse a posteriori en el ticket. La legislación prohíbe la advertencia «IVA no incluido», aunque aparezca en el menú. Los precios que se comuniquen en la carta o lista de precios ya deben llevar sumado el IVA, advierten.

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    Suplemento por covid

Por último, la OCU indica que los establecimientos tampoco deberían cobrar más al cliente por tareas de desinfección debido al coronavirus. Aunque la práctica es legal, se debe informar al consumidor previamente y el coste tiene que ser proporcional, repartido entre el hostelero y el cliente.

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Las 5 cosas que te cobran sin que te enteres

Además, la OCU también añade una serie de suplementos que los establecimientos te cobran sin que te enteres y sobre los que también deberíamos estar pendientes.

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    El pan

Se puede cobrar por el servicio de pan siempre y cuando así esté especificado en la lista de precios, detallado el precio por comensal o unidad. «Atento si el precio es por unidad, porque cada vez que pidas más, porque se te haya acabado, irá sumándose en la cuenta», advierten desde la OCU.

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    El agua del grifo

«Cobrar por el agua corriente es mezquino y cutre». Así lo indica la OCU, quien explica que «lo normal es que te proporcionen un vaso o jarra de agua cuando la pidas, sin obligarte a pagar por ello». Ahora bien, si lo recogen en la lista de precios, legalmente podrían hacerlo.

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    El hielo

A juicio de la organización, «cobrar por el hielo de un refresco, un café o agua es tan abusivo como si te cobraran por usar la vajilla, pero si lo decide el establecimiento para poder hacerlo debería indicar en la lista de precios el coste del producto con y sin hielo».

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    La leche del café

«¿Es legal que el café con leche tenga un precio diferente al café solo? Sí, si lo indican así, te informan y tú lo admites», indican.

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    El aperitivo

Si te preguntas si te pueden cobrar por el aperitivo que no has pedido, la respuesta es que sí, «siempre y cuando, claro está, lo indiquen así en la carta o lista de precios». En este caso, la OCU aconseja que «si no dice nada, pregunta si es gratis, y ten en cuenta que si lo consumes cuando te lo pongan, te lo podrán cobrar».

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