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Oficina de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. EP

La Agencia Tributaria avisa de las tres últimas fechas claves de pago de 2021

El calendario del contribuyente concluye con varios tributos por cumplir en lo que resta de año

j. lita

Martes, 7 de diciembre 2021, 10:19

Poco a poco se acerca el final del año 2021, acaba tanto el calendario anual como el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria. La administración tiene durante las últimas semanas de este año varios tributos con los que se debe cumplir. Así lo recuerda la propia Agencia Tributaria en su página web, describiendo la fecha límite o exacta en la que se debe hacer frente al pago del tributo. De esta forma los contribuyentes afectados deberán abonar Renta y Sociedades, IVA o un tributo sobre la Renta hasta el 31 de diciembre.

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La primera fecha clave para lo que resta de año llega el 20 de diciembre, fecha hasta la que se pueden abonar dos importantes impuestos como son el de Renta y Sociedades y el IVA, así como el Impuesto sobre las Primas de Seguros, Impuestos Especiales de Fabricación, Impuesto Especial sobre la Electricidad, Impuestos Medioambientales o Impuesto sobre las Transacciones Financieras.

Hasta el 30 de diciembre, indica la Agencia Tributaria, hay de plazo para abonar el IVA, mismo tributo que también se puede pagar hasta el 31 de diciembre, así como un punto de la Renta.

En el propio calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria se describe en cada tributo qué pago hay que efectuar con fechas límite del 20, 30 y 31 de diciembre.

HASTA EL 20 DE DICIEMBRE

RENTA Y SOCIEDADES: Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

Noviembre 2021. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230

Pagos fraccionados sociedades y establecimientos permanentes de no residentes: Ejercicio en curso: Régimen general: 202. Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales): 222

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IVA: Noviembre 2021. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349. Noviembre 2021. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS: Noviembre 2021: 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN: Septiembre 2021. Grandes empresas: 561, 562, 563. Noviembre 2021: 548, 566, 581. Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510

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IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD: Noviembre 2021. Grandes empresas: 560

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES: Pago fraccionado: 584. Año 2020. Declaración informativa anual operaciones con contribuyentes: 591

IMPUESTO SOBRE LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS: Noviembre 2021: 604

HASTA EL 30 DE DICIEMBRE

IVA: Noviembre 2021. Autoliquidación: 303. Noviembre 2021. Grupo de entidades, modelo individual: 322. Noviembre 2021. Grupo de entidades, modelo agregado: 353

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HASTA EL 31 DE DICIEMBRE

RENTA: Renuncia o revocación estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2022 y sucesivos: 036/037

IVA: Renuncia o revocación regímenes simplificado y agricultura, ganadería y pesca para 2022 y sucesivos: 036/037

Opción o revocación por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para 2022 y sucesivos: 036

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Opción tributación en destino ventas a distancia a otros países de la Unión Europea para 2022 y 2023: 036

Renuncia régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2022: sin modelo

Comunicación de alta en el régimen especial del grupo de entidades: 039

Opción o renuncia por la modalidad avanzada del régimen especial del grupo de entidades: 039

Comunicación anual relativa al régimen especial del grupo de entidades: 039

Opción por el régimen especial del criterio de caja para 2022: 036/037

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Renuncia al régimen especial del criterio de caja para 2022, 2023 y 2024: 036/037

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