REDACCIÓN
VALENCIA
Miércoles, 23 de junio 2021, 17:55
«Cuando las personas se encuentren fuera de su domicilio, deberán disponer en todo momento de una mascarilla para uso personal por si así fuera requerido o en previsión de aglomeraciones o necesidad sobrevenida en espacios interiores o en transporte público». Es el criterio que marcará cuándo hay que llevar mascarilla en exteriores: que haya una aglomeración.
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Pero, ¿qué es una aglomeración? Para la RAE es la «acción o efecto de aglomerar», siendo aglomerar «amontonar, juntar cosas o personas». Por lo tanto, se podria considerar que una aglomeración es una «reunión o amontonamiento grande y desordenado de algo, especialmente de gente reunida en un lugar».
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Sin embargo, la normativa del uso de lamascarilla en la nueva normalidad a partir del 26 de junio en ningún momento establece unos criterios «medibles« u objetivos de lo que supone una «aglomeración», por lo que deja al arbitrio de la ciudadanía la valoración de la situación y la decisión de sacarse del bolsillo la protección bucal.
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