![DGT | El consejo de la DGT para que no te lleguen multas que no son tuyas](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202107/31/media/cortadas/coches-diesel-kGSF-U150115926870RAF-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
![DGT | El consejo de la DGT para que no te lleguen multas que no son tuyas](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202107/31/media/cortadas/coches-diesel-kGSF-U150115926870RAF-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
Secciones
Servicios
Destacamos
at
Sábado, 31 de julio 2021, 23:37
Si hay una situación molesta para un conductor es recibir en casa una multa de tráfico. Y más aún si la infracción no la ha cometido el receptor de la carta. ¿En que situación puede ocurrir esta caso? Uno de los casos más comunes es que hayamos vendido nuestro vehículo -coche o moto- y el comprador no haya notificado la transferencia. Nos hemos confiado y ahora nos toca pagar.
Para evitarlo, la DGT aconseja al vendedor del vehículo que haga la notificación de venta del coche o moto nada más realizada la venta del mismo. Sin esperar a que el comprador realice el trámite de la transferencia.
Tráfico explica en su página web que hay veces que los compradores se demoran y eso puede causar quebraderos de cabeza ya que las multas de los radares fijos, seguro o por ITV seguirán llegando al vendedor mientras no se produzca el cambio de titularidad. «Notificar la venta es una manera fácil de evitar este problema, ya que desde que realizas la notificación, la responsabilidad ya no es tuya», aclara la DGT
En cualquier caso, este trámite no exime al comprador de realizar el cambio de titularidad y hasta que éste no lo haga, no se expedirá el nuevo permiso de circulación del vehículo.
Para evitar problemas, la DGT aconseja: «Si vendes tu vehículo a otro particular, te recomendamos que nunca entregues el vehículo sin tener en tus manos el contrato original de compraventa (no pueden faltar los datos del vehículo, DNI, NIE o NIF del comprador y vendedor, el precio de compra y la fecha y hora en la que se firma el contrato. No olvides que el contrato debe estar firmado tanto por el comprador como por el vendedor en cada una de las hojas que lo componen) y fotocopia del DNI, NIF o Tarjeta de Residencia del comprador. Indica en el contrato la hora exacta en que entregas el vehículo: recuerda que las multas de los radares fijos y por no haber pasado la ITV te seguirán llegando en tanto no se produzca el cambio de titularidad o notificación de venta».
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
La víctima del crimen de Viana recibió una veintena de puñaladas
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.