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CLARA ALFONSO
Valencia
Sábado, 17 de diciembre 2022, 01:13
Si tienes a una persona contratada como empleada del hogar o trabajas en ello, te interesará saber que existen nuevas medidas ya implantadas y otras que están a punto de llegar, en relación a la protección de este sistema especial de la Seguridad Social, en el que están registradas más de 374.000 personas, según datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Antes que nada, cabe recordar que dar de alta en la Seguridad Social a estos empleados es una obligación de quien los contrata y además, es necesario para que tengan derecho a futuras prestaciones contributivas como el paro o las pensiones. En este sentido, no pagar la cuotas pertinentes a la Seguridad Social por una empleada del hogar es una falta grave que puede conllevar multas que pueden llegar a los 12.000 euros. Es por ello, que la OCU recuerda en qué consisten los cambios que conlleva la aprobación de la Ley 16/2022 por parte del Gobierno español.
Desde el 1 de octubre de 2022 se cotiza también por dos nuevos conceptos, con el fin de proteger a los empleados que se queden sin trabajo en contra de su voluntad: por desempleo y por contribución al FOGASA.
Tal y como señala la OCU, la diferencia de las cotizaciones no es muy grande, ya que ambos conceptos tienen una bonificación del 80%. Además, no se empezará a notar hasta fin de año, ya que los recibos de la Seguridad Social suelen cargarse con un desfase de dos meses.
Hasta el momento, los empleadores que contaran con familia numerosa y cumplieran ciertos requisitos (por ejemplo, que los progenitores trabajasen) podían disfrutar de una bonificación del 45% en la parte de las cotizaciones que cubre las contingencias comunes, la más pesada de todas, en vez del 20% general. Con las nuevas medidas, esta bonificación desaparecerá a partir del 1 de abril de 2023, salvo para quienes ya la estuvieran disfrutando antes de ese momento.
Por lo tanto, si tienes familia numerosa y estás pensando en contratar a un empleado del hogar, quizás sea buena idea adelantar los trámites. De todos modos, está previsto que a partir del 1 de abril haya nuevas bonificaciones del 30% y del 45%, que se aplicarán atendiendo al nivel de renta y patrimonio.
Hasta día de hoy, los empleadores que tuvieran un empleado por horas que acudiera a su hogar menos de 60 horas al mes, podían delegar en él los trámites de alta en la Seguridad Social y el pago de las cotizaciones. Sin embargo, esta posibilidad desaparece y, antes de que acabe enero de 2023, aquellos que tuvieran ese trato con el empleado, deberán comunicarlo a la Tesorería General de la Seguridad Social. Así, tendrá que detallar la cuenta bancaria en la que se cobrarán las cotizaciones y quién atenderá las contingencias profesionales, si será la Seguridad Social o una mutua.
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