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Carteles en una pastelería en Palma de Mallorca informan de la obligatoriedad de mascarillas en todos los espacios públicos. EFE/ Cati Cladera

Multas de hasta 60.000 euros por organizar fiestas en Baleares en la «nueva normalidad»

La sanción por no llevar mascarilla, obligatoria a partir de este sábado en las islas, puede alcanzar los 3.000 euros

LP.ES y EFE

Palma de Mallorca

Viernes, 10 de julio 2020, 18:08

El Consell de Govern Balear ha aprobado este viernes el decreto que regula las sanciones que se impondrán cuando se incumplan las normas de seguridad establecidas para contener la propagación de la epidemia de coronavirus, y que fija multas de hasta 600.000 euros por organizar eventos en espacios públicos o privados

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La nueva norma, que se prevé que entre en vigor este viernes cuando se publique en el boletín oficial y se prolongará mientras dure la pandemia, clasifica las sanciones en leves, graves y muy graves.

El decreto establece sanciones que van desde 3.001 euros y 60.000 euros para las sanciones graves, entre estas la organización de reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de acto o evento de carácter público o privado y en espacios públicos y privados, en las que se produzcan aglomeraciones que impidan o dificulten la adopción de las medidas sanitarias de prevención.

Entre las sanciones consideradas leves, que acarrearán multas que van de los 100 euros a los 3.000 euros, figuran el incumplimiento del uso obligatorio de la mascarilla, el hecho de que un establecimiento abierto al público no ofrezca información a los usuarios sobre horarios, aforos, distancia social y uso de mascarillas, y superar los límites de aforo o de número máximo de personas permitidas en establecimientos o actividades cuando éstas afecten a menos de 15 personas.

También se considera infracción grave el incumplimiento de los límites de aforo o de número máximo de personas permitidos en establecimientos o actividades, cuando no constituyan una infracción leve ni muy grave.

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En cuanto a las infracciones muy graves, con sanciones entre 60.001 y 600.000 euros, se contemplan la comercialización de reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de acto o evento de carácter público o privado y en espacios públicos y privados, en las que se produzcan aglomeraciones que impidan o dificulten la adopción de las medidas sanitarias de prevención.

Además, el incumplimiento de los límites de aforo o de número máximo de personas permitidas en establecimientos o actividades cuando este produzca un riesgo o daño muy grave para la salud de la población. A este efecto, se fijan como muy grave los incumplimientos que afecten a más de 150 personas.

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