Prácticamente todos los trámites administrativos disponen de un plazo fijado por la Administración para que se lleve a cabo. También pasa en el plano judicial. Sin ir más lejos, hay multas de la DGT que con pronto pago se abona menos dinero, otras sanciones no disponen de la opción de este 'descuento'. Todos estos procesos están condicionados por un calendario que se aprueba anualmente y en el que se tiene en cuenta todo el calendario laboral de 2023, para establecer el periodo final que se dispone para realizar ciertas tareas.
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En este viernes, 16 de diciembre, el BOE ha publicado el calendario exacto de días inhábiles para 2023 con respecto a la Administración General del Estado. Es decir, se indican que días no se contabilizar, a nivel nacional y en cada comunidad autónoma, tanto para realizar trámites como para el cómputo total del periodo de tiempo que se dispone para cumplir ciertas obligaciones ante el Estado.
Tal y como se indica en la resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, este calendario de días inhábiles «no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros».
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De esta forma se establece como días inhábiles «en todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución», así como «en el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos» y «en los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles».
2023
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 2: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de la Región de Murcia, así como en la Comunidad de Castilla y León.
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Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 21: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Illes Balears.
Día 20: Inhábil en la Comunidad de Madrid.
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 6: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
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Día 7: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 10: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, de Cataluña, del País Vasco, de la Comunitat Valenciana, de La Rioja, así como de la Comunidad Foral de Navarra.
Día 21: Inhábil en la Ciudad de Melilla.
Día 24: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 2: Inhábil en la Comunidad de Madrid.
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Día 17: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Día 30: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Día 31: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
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Todos los sábados y domingos del mes.
Día 8: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de La Rioja y de la Región de Murcia.
Día 29: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
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Todos los sábados y domingos del mes.
Día 25: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Galicia y del País Vasco, así como en la Comunidad de Castilla y León y en la Comunidad Foral de Navarra.
Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 8: Inhábil en las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias y de Extremadura.
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Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Día 15: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 9: Inhábil en la Comunitat Valenciana.
Día 12: Inhábil en todo el territorio nacional.
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Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Todos los sábados y domingos del mes.
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Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 8: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 26: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña
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