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Una deportista hace running. Flickr

El BOE de hoy publica la letra pequeña de las medidas para salir a hacer deporte: los horarios y las excepciones

El Gobierno aprueba los horarios para poder hacer ejercicio, salir a correr o ir en bici durante la desescalada

LP.ES

VALENCIA

Viernes, 1 de mayo 2020, 08:10

El Gobierno ha aprobado una de las medidas más esperadas por los españoles: poder salir a hacer deporte durante el estado de alarma. Después de casi mes y medio confinados en casa, el BOE de este viernes 1 de mayo de 2020 publica la letra pequeña de una medida que permitirá salir a correr, ir en bici o incluso hacer surf en plena desescalada.

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Puedes descargar, imprimir o compartir el BOE con las medidas para salir a hacer deporte. Si no puedes ver el documento en tu dispositivo móvil, recagar la página.

La medida propuesta por el Gobierno supone que, para evitar las aglomeraciones en la calle, los ciudadanos tendrán que repartirse el día, de manera que mientras unos hacen deporte o salen a pasear a unas horas determinadas, otros grupos de población podrán estar, como desde hace unos días, con los niños en la calle.

Entre los aspectos que no se habían hecho públicos aún figuran la prohibición de hacer uso de vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física prevista en esta orden.

Además, para posibilitar que se mantenga la distancia de seguridad las entidades locales facilitarán el reparto del espacio público a favor de los que caminan y de los que van en bicicleta, en ese orden de prioridad.

Así, los mayores de 14 años podrán salir a hacer deporte o pasear de 6 a 10 horas de la mañana, y de 20 a 23 horas de la noche. Los menores de 13 años saldrán, acompañados de un progenitor, de 12 a 19 horas. Mayores de 70 años y personas dependientes podrán salir a la calle entre las 10 y 12 y entre las 19 y 20 horas.

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Excepcionalmente, estas franjas horarias podrán no ser de aplicación en aquellos casos en los que por razones médicas debidamente acreditadas se recomiende la práctica de la actividad física fuera de las franjas establecidas, así como por motivos de conciliación justificados de los acompañantes de las personas mayores, menores o con discapacidad

El BOE aclara además que las salidas de los mayores estarán permitidas durante una hora y sólo una vez al día. Los adultos podrán salir como máximo de dos en dos, siempre y cuando residan juntos, y no podrán alejarse más de un kilómetro de su domicilio. En el caso de los deportistas (o quienes simplemente caminen en las franjas de 6 a 10 y de 20 a 23) sí que podrán alejarse más de un kilómetro, pero deberán permanecer en el municipio donde vivan, y aunque sus salidas no tienen limitación de tiempo, deberán respetar la franja horaria establecida.

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La orden surtirá plenos efectos desde las 00:00 horas del día 2 de mayo de 2020 y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas

En la Fase 0 el Gobierno permite realizar actividad deportiva sin contacto (montar en bici, correr, patinar, surf, etc.) siempre que se haga de forma individual y con la protección adecuada (distancia, mascarilla en deportes no acuáticos, cuando sea posible, etc.).

Quedan excluídas de los paseos y las prácticas deportivas en el exterior aquellas personas que presenten síntomas compatibles con el coronavirus o los contagiados que se encuentren aislados y que deberán seguir en cuarentena hasta que le sea levantada por prescripción médica.

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