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El calendario laboral de 2025 permitirá disfrutar de al menos seis puentes en toda España y establece la opción de añadir alguno más en varias comunidades autónomas, según la Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, publicada en el BOE.
Las autonomías tienen 12 días festivos, de los cuales son fiestas nacionales comunes los siguientes 9 días, 8 de ellos no sustituibles, y el resto hasta completar la docena varía en cada autonomía:
• 1 de enero, Año Nuevo (miércoles)
• 6 de enero, Epifanía del Señor (día de Reyes) (lunes)
• 18 de abril, Viernes Santo (viernes)
• 1 de mayo, Fiesta del Trabajo (jueves)
• 15 de agosto, Asunción de la Virgen (viernes)
• 1 de noviembre, Día de Todos los Santos (sábado)
• 6 de diciembre, Día de la Constitución (sábado)
• 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción (lunes)
• 25 de diciembre, Navidad (jueves)
Dos festivos nacionales caen en 2025 en lunes, dos en viernes y dos en jueves, abriendo la posibilidad de preparar puentes y acueductos, mientras que dos caen en sábado y uno, Año Nuevo, entre semana. Además, los festivos autonómicos de cada región permiten establecer otros fines de semana largos en varios casos.
Puedes ver el calendario laboral completo y el listado de festivos en cada comunidad autónoma:
Son fiestas nacionales no sustituibles el 1 de enero, el Viernes Santo, el 1 de mayo, el 15 de agosto, el 1 de noviembre y el 6, 8 y 25 de diciembre, mientras que hay días de Fiesta Nacional sobre la que se puede ejercer o no la facultad de sustitución. Así, el 6 de enero todas las Comunidades Autónomas lo establecen como festivo, mientras que el Jueves Santo es fiesta en todas las comunidades autónomas salvo en Cataluña y la Comunitat Valenciana, donde en cualquier caso es día no lectivo a nivel educativo.
Media España celebra la Semana Santa desde el fin de semana anterior a la semana que concluye el Domingo de Resurrección, pero otras la comienzan desde el Jueves Santo o incluso Viernes Santo y luego la prrogan durante la semana de Pascua. El Lunes de Pascua, 21 de abril en 2025, es fiesta en Cataluña, Navarra, País Vasco, La Rioja y la Comunitat Valenciana, una autonomía que extiende la festividad de la Semana Santa a nivel educativo (y en algunas empresas también laboral) hasta el lunes posterior, segundo lunes de Pascua o de San Vicente, como se conoce en Valencia.
El 25 de julio, día de Santiago Apóstol, es fiesta en cuatro comunidades autónomas: Galicia, Madrid, Navarra y País Vasco. Al ser viernes, permite la opción de organizar otro puente festivo.
El 12 de octubre cae en 2025 en domingo y las autonomías tienen la potestad de trasladar ese festivo al lunes siguiente, por lo que se convierte en un día de fiesta movible, o bien utilizarlo en otra fecha. Sólo hay 5 comunidades que han optado por la primera opción y tendrán fiesta el 13 de octubre: Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León y Extremadura.
De las trece fiestas mencionadas habrá una, a escoger entre el 6 de enero, el 21 de abril, el 24 de junio y el 26 de diciembre, que tendrá el carácter de recuperable. Sólo Cataluña y la Comunitat Valenciana han optado por sumar el décimotercer festivo. Las otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable.
Además de las doce fiestas nacionales, serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición sean propias en cada municipio, las cuales se publicarán en el boletín oficial de la comunidad autónoma o, en su caso, en el boletín oficial de la provincia correspondiente.
En la Comunitat Valenciana, el Decreto 100/2024, de 2 de agosto, del Consell, por el que se determina el calendario laboral de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana para el año 2025 (DOGV de 12 de agosto de 2024) dispone que: «[…] Con carácter retribuido y recuperable se establece la siguiente fiesta: 24 de junio, San Juan».
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En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 143/2024, de 16 de septiembre, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2025, y se abre plazo para fijar las fiestas locales (BOC de 23 de septiembre de 2024) dispone que: «En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote, La Graciosa y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: en El Hierro: el 5 de julio, festividad de la Bajada de la Virgen de los Reyes; en Fuerteventura: el 19 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera: el 6 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves; en Lanzarote y La Graciosa: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Volcanes; en Tenerife: el 3 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria».
En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden EMT/85/2024, de 23 de abril, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2025 (DOGC de 26 de abril de 2024) dispone que: «En el territorio de Arán, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán), martes».
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