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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) acaba de lanzar una propuesta para ampliar el listado de patologías cubiertas por el sistema ... nacional de pensiones que abriría paso a la jubilación anticipada para quienes tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 45%. Actualmente, quienes afrontan enfermedades crónicas o degenerativas disponen de un cierto consuelo en su vida laboral: la alternativa de retirarse antes de la edad común de jubilación, situada ahora mismo en los 66 años y 9 meses (o en los 65, si se han cotizado 38 años o más).
Actualmente, un real decreto fechado en 2023 establece que pueden retirarse antes de la edad general de jubilación sin perder cuantía de su pensión, quienes cumplan 52 años y acrediten una discapacidad a partir del 65%, siempre que cumplan los requisitos de cotización, consistentes en haber cotizado al menos 15 años, de los cuales 5 deben coincidir con el grado de discapacidad ya reconocido. Si prospera la propuesta del CERMI, se añadirían también quienes sufren patologías como el párkinson (que en la Comunitat afecta a más de 22.000 personas), la fibromialgia (se calcula que en España 900.000 personas padecen esta enfermedad, aunque solo 276.000 han sido diagnosticadas oficialmente) o la artritis reumatoide, una afección que penaliza especialmente a un sector muy concreto de la población: las mujeres de entre 35 y 50 años, sobre todo si cuentan con antecedentes familiares de la enfermedad.
La legislación vigente estima que, en los casos de sufrir una enfermedad que lleva aparejada dependencia, para beneficiarse de la jubilación anticipada se requiere estar dado de alta en la Seguridad Social y contar con documentación oficial que acredite la discapacidad. Si el grado se encuentra es igual o superior el 65%, la ley exige tener al menos 52 años; si se trata de un grado situado en el 45%, la edad se eleva a 56 años. Se trata de un sistema aplicable tanto a trabajadores por cuenta ajena como a autónomos, que no conlleva coeficientes reductores en la pensión: en consecuencia, quienes reúnan esos requisitos reciben el importe que correspondería a su cotización real.
¿Qué ocurriría si el Gobierno aceptara el planteamiento del CERMI? El resultado de que se materialice su iniciativa se reflejaría en que quienes sufran alguna de estas nuevas afecciones incluidas en ese listado de once patologías podrían por lo tanto jubilarse a los 52 o los 56 años, dependiendo como en el resto de los casos (los actualmente previstos) de su grado de discapacidad reconocido. Una noticia que endulzaría el fin de la vida laboral a quienes vean impedido ejercer su trabajo por efecto de sufrir alguna de las siguientes patologías incluidas en ese nuevo listado propuesto:
1.- Artritis reumatoide.
2.- Encefalomielitis miálgica.
3.- Amiloidosis por Transtiretina variante (ATTRv).
4.- Enfermedad de Huntington.
5.- Parkinson.
6.- Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert).
7.- Espina bífida.
8.- Fibromialgia.
9.- Inmunodeficiencias primarias.
10.- Lupus eritematoso sistémico.
11.- Esclerosis sistémica.
El CERMI entiende que estas once enfermedades limitan severamente la capacidad de una persona para desempeñar su trabajo; de ahí que su propuesta aspire a que sean reconocidas en la actual normativa de la Seguridad Social y supongan un alivio para quienes las padecen.
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