Estos son los casos en los que debes declarar a Hacienda el dinero que mandas por Bizum

La Agencia Tributaria ha confirmado que va a limitar su uso y habrá que reflejar determinadas transacciones en la declaración de la Renta

Clara Alfonso

Valencia

Sábado, 4 de marzo 2023, 00:52

El método de pago por Bizum es un servicio cada vez más empleado en todo tipo de operaciones. Su llegada ha hecho que se facilite el pago en cualquier evento social, pero también en la mayoría de negocios que frecuentamos, que permiten que los clientes paguen a través del móvil de esta manera.

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Debido a que este servicio se ha convertido en cotidiano, es importante conocer cuáles son sus limitaciones con respecto al dinero que podemos enviar, los bizums que podemos recibir y el importe máximo que no debemos superar para no tener que incluirlo en la declaración de la renta anual.

Con motivo de la campaña de la declaración de la renta 2022, la Agencia Tributaria ha confirmado que va a limitar su uso y que, según la nueva normativa, habrá que reflejar las transacciones en esta app en la declaración de la Renta. No obstante, no todos los usuarios van a tener que declarar los cobros o pagos que hacen mediante esta plataforma. Existen tres casos en los que será obligatorio reflejar los movimientos que se vayan a realizar y en los que la institución podría empezar a investigar:

-Cuando el cómputo global anual sea superior a los 10.000 euros, tal y como advierte la Ley General Tributaria. Esto es lo mismo que sucede con las transferencias bancarias que superan dicha cantidad. En caso de no hacerlo, la Agencia Tributaria puede multarte con 5.000 euros.

-Cuando un usuario recibe un ingreso o una transacción de una actividad por la que se ha obtenido una rentabilidad.

-Empresas que utilicen Bizum como método de cobro. En dicho caso, deben declarar los ingresos obtenidos de esta forma como servicio o venta.

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Qué ocurre si no declaro las transacciones por Bizum

No declarar los movimientos en los casos anteriormente mencionados, podría conllevar sanciones de Hacienda. Estas oscilan entre el 20 y el 30% de cargos más los intereses pertinentes.

En este sentido, Ignacio Ruiz-Jarabo, exdirector de la Agencia Tributaria y colaborador de 'LaSexta', ha comentado en 'Más Vale Tarde' que se trata de una medida que «carece de sentido».

«El mecanismo Bizum es un método más de pago, como el pago por transferencia bancaria o en efectivo. Lo que hay que hacer, evidentemente y eso es lógico, es que en los casos de declarar a la Agencia Tributaria se reflejen los cobros y pagos por el motivo de los mismos y no por el instrumento», asegura.

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