B. S.
Miércoles, 25 de agosto 2021, 13:15
Se acaban las vacaciones y, al regresar al domicilio habitual, muchos propietarios se encuentran con un contratiempo: su casa ha sido okupada durante su esencia, con la cerradura cambiada para tener su propia llave.
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De esta forma, el dueño no puede entrar cuando se percata de la usurpación y, al haber cambiado la cerradura, la vivienda pasa a ser la morada de los okupas. Solo una orden judicial podría hacer que el propietario recuperase la vivienda.
Por esta razón, las primeras horas son claves tras producirse una okupación ilegal de una vivienda, porque son el momento en el que se puede desalojar a los okupas sin orden judicial al ser un delito flagrante de allanamiento de morada.
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El allanamiento de morada es un delito que establece que «el particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años».
Sin embargo, si los okupas cambian la cerradura, la vivienda pasa a convertirse en su domicilio y se requerirá un procedimiento judicial por la vía civil o penal para su desalojo. Esto es debido a que el domicilio es inviolable, según el artículo 18 de los derechos fundamentales y las libertades públicas de la Constitución Española: «El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito».
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Por esta razón, en el momento en el que los okupas cambian la cerradura, tienen ese derecho y si el propietario trata de cambiar de nuevo la cerradura o cortar la luz y el agua, se enfrentría al mismo delito de allanamiento de morada.
Así, para prevenir que ocurra esta situación, lo mejor es asegurar la casa con puertas blindadas y cerraduras de seguridad para que no se pueda forzar ni entrar.
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