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Una operación en un hospital, en una imagen de archivo. Efe
Condenan a un seguro médico a indemnizar a la familia de un paciente que murió en Valencia por mala praxis

Condenan a un seguro médico a indemnizar a la familia de un paciente que murió en Valencia por mala praxis

La aseguradora no concedió una autorización administrativa a un hospital privado para utilizar un dispositivo

Nacho Ortega

Valencia

Lunes, 8 de abril 2024, 13:19

Los juzgados han condenado a una conocida compañía de seguros médicos a indemnizar a los familiares de un paciente de 61 años que falleció en Valencia después de que la aseguradora no concediera una autorización administrativa solicitada por el hospital donde el hombre tenía que ser sometido a una operación quirúrgica.

El Juzgado de Primera Instancia nº 87 de Madrid dictó inicialmente Sentencia estimando íntegramente la demanda presentada por la letrada Luisa Blanco Delgado, especialista en Derecho Sanitario y colaboradora en los Servicios Jurídicos de la Asociación 'El defensor del paciente', en defensa de los familiares de un paciente fallecido en Valencia como consecuencia de la suspensión de una cirugía cardíaca necesaria, y condenó a la demandada, la compañía de seguros médicos ASISA, a indemnizar a la esposa, dos hijos, madre y hermana del fallecido en la cantidad total de 308.742 € más intereses de demora que ascienden a más de 217.000 €. En total, más de 525.000 euros

Dicha sentencia fue recurrida por la demandada ASISA y la Sección 18ª de la Audiencia Provincial de Madrid resolvió la desestimación del recurso interpuesto y confirmó la sentencia dictada por el juzgado de instancia, donde actualmente está pendiente de la liquidación de intereses y costas, a los que fue condenada ASISA.

La familia acaba de cobrar recientemente la indemnización, aunque actualmente aún están pendientes de cobrar los intereses y liquidar las costas, según indican desde la asociación 'El defensor del paciente' en un comunicado hecho público en el que además aportan las sentencias conlos hechos y los argumentos jurídicos.

Los hechos

El paciente fallecido, de 61 años, que padecía patología cardíaca, fue programado en Hospital Quirón Valencia, para intervención quirúrgica el 30 de junio de 2016. Estando el paciente en el quirófano, los cardiólogos se dieron cuenta de que en lugar del dispositivo prescrito TCR (Tratamiento de Resincronización Cardíaca) había que colocarle un TCR-DAI (dispositivo de resincronización asociado a un desfibrilador). Como sea que no obtuvieron la autorización administrativa de ASISA para este nuevo dispositivo, procedieron a dar de alta al paciente que se fue a su domicilio, sin que se le hiciera ninguna prueba que constatara su estado y programando nueva intervención quirúrgica para el 18 de julio. «Desgraciadamente», señalan desde la asociación, «el paciente falleció en su domicilio cuatro días después del alta hospitalaria».

La sentencia: hubo mala praxis

En este sentido la Sentencia condenatoria concluye que «esta subordinación de la intervención quirúrgica a la espera de una simple autorización de ASISA para disponer de un aparato, cuyo mayor costo respecto al inicialmente prescrito no se ha determinado, y la ausencia de conocimiento del tiempo del que realmente se disponía para exigir una espera al paciente que no supusiera su muerte súbita (riesgo que ambos Peritos que depusieron en el acto de la vista reconocieron como existente y altamente probable), llevan a este Juzgador a entender que efectivamente se produjo una grave mala praxis, tanto de los facultativos que realizaban la intervención endovenosa porque aceptaron, a sabiendas de la gravedad del paciente y la disponibilidad del aparato, postponer la implantación del aparato realmente necesario allí disponible hasta obtener una simple autorización administrativa por parámetros de costo no conocidos que podía haberse reclamado posteriormente por ASISA otras vías que no pasaban por poner en riesgo la vida del paciente.»

Al respecto, Carmen Flores, la presidenta de la Asociación 'El Defensor del Paciente' denuncia que «la priorización de cuestiones burocráticas y económicas pone en grave peligro la vida de los pacientes. En este caso si no hubiera sido así, y se hubiera autorizado la colocación del dispositivo que necesitaba el paciente, cuando este se encontraba en el quirófano, en lugar de darle el alta domiciliaria, el paciente no habría fallecido».

La letrada Luisa Blanco Delgado, especialista en Derecho Sanitario y colaboradora de la Asociación 'El Defensor del Paciente', asumió y dirigió la defensa del caso.

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