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El pleno del Congreso rozó al comienzo de la tarde la unanimidad en su compromiso por mejorar la lucha contra la violencia de género. Todos los partidos salvo Vox, en pie y entre prolongados aplausos, dijeron 'sí' a las 462 medidas para endurecer el combate contra esta lacra contenidas en el informe que hoy renovó y actualizó el pacto de Estado contra la violencia machista sellado por instituciones y sociedad civil en 2017.
El nuevo pacto, respaldado por el 90% del hemiciclo, es el mandato del legislador que debe guiar las actuaciones y reformas que se acometan en el próximo lustro por los poderes públicos para combatir la violencia machista. Cuenta con el plus de legitimidad que impregna los escasos acuerdos prácticamente consensuados por el Parlamento, como la ley de protección a la infancia contra la violencia, la reforma del artículo 49 de la Constitución o la ley ELA.
Los diputados respaldarán un dictamen fruto de casi dos años de trabajos de una subcomisión específica, que analizó miles de documentos y escuchó a 45 expertos para detectar y corregir los fallos, lagunas y carencias del actual sistema de prevención y actuación contra esta lacra. La renovación del pacto de Estado hasta 2030 incorpora 172 nuevas actuaciones a implantar por los poderes públicos, que se suman a las 290 medidas ya establecidas por el acuerdo de 2017, que han sido actualizadas.
El Congreso reclama al Gobierno que cada año entregue un mínimo de 300 millones a los ministerios, las autonomías y los ayuntamientos para cumplir las medidas del pacto, lo que supone elevar la financiación específica contra esta lacra en un 50% desde los 200 millones por ejercicio de 2017. A este dinero finalista para actuaciones concretas se suma el mandato parlamentario para que cada ejercicio se mejore un 15% la asignación de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género para la ampliación de sus tareas.
Las siguientes son alguna de las principales mejoras y reformas que con este pacto el Congreso ordena poner en marcha a todos los poderes públicos e instituciones:
Los maltratadores de género no podrán acogerse a ese beneficio cuando los hechos o la investigación permitan atribuir su autoría fehacientemente. Muchos criminales logran reducir la pena alegando su confesión aunque sea innecesaria.
Piden que se suprima que la obligación del procesado de reparar el daño a la víctima en los casos de violencia machista permita reducir la pena, como ocurrió por ejemplo con Dani Alves.
Ampliar las situaciones de riesgo por las que el juez puede dictar órdenes de protección para dar seguridad a las víctimas.
Obligación de ejecutar de inmediato las penas de alejamiento cuando haya sentencia firme, apercibiendo de ello al instante al condenado, para evitar períodos de desprotección por el decaimiento de las medidas cautelares. Entre la sentencia de instancia y la sentencia firme deberá existir como medida cautelar.
Se debe ordenar que el condenado por violencia machista (incluida la sexual) que aspire a que el juez sustituya la pena de prisión por trabajos en favor de la comunidad esté obligado a realizar y superar una curso homologado de reeducación de agresores.
Introducir la convivencia como una agravante de la violencia machista por considerar que genera alevosía, pues facilita el ataque al agresor y disminuye la capacidad de defensa de la víctima.
Formar a los operadores jurídicos y a los equipos psicosociales sobre la imposibilidad de alegar síndrome de alienación parental (SAP) de los menores para casos judiciales de custodia, visitas y violencia de género, por carecer de base científica.
Piden medidas para evitar descoordinación judicial. Todos los procesos por violencia de género de una víctima los verá un mismo juzgado y habrá protocolos de coordinación entre juzgados de violencia contra la mujer y de familia e infancia. Por ejemplo, conectar los segundos al VioGén o la obligación de comprobar en todos los casos de menores o en que haya indicios de violencia contra la mujer si hay denuncia o antecedentes de violencia machista de su padre o pareja.
Ante un caso de violencia contra las mujeres, practicar todas las diligencias de investigación y de prueba necesarias para comprobar la veracidad de los hechos antes de cerrar la instrucción a fin de excluir que la mujer lo niegue o retire la denuncia por actuar bajo amenazas, por miedo al agresor o a su entorno, por dependencia afectiva o económica, o por temor a represalias.
Piden a los fiscales que soliciten que todos las víctimas para las que se pide orden de alejamiento y tienen al menos una valoración de riesgo medio tengan pulsera de control GPS y se agilice su instalación tras la orden judicial.
La protección de la víctima se debe redoblar en momentos comprobados de alto riesgo como ruptura de la relación, divorcios y procesos por la custodia o períodos vacacionales.
Aparcamientos, callejones o pasadizos proclives a los ataques machistas deben ser reformados o al menos dotados de sistemas de vigilancia y de otras medidas de seguridad adicionales.
Tipificar como delito los supuestos de violencia digital o ciberdelincuencia de género, incluyendo la suplantación de identidad.
Que se sancione a quienes, sin autorización de la persona afectada y con ánimo de menoscabar su integridad moral, difundan su imagen corporal o un audio de voz generados o modificados mediante sistemas automatizados, de modo que parezca real, simulando situaciones de contenido sexual o gravemente vejatorias. Deben castigar, piden, con entre tres meses y un año de cárcel los 'deep fake' que se usen para acosar a la víctima.
Proponen la reforma del Código Penal para que el juez pueda imponer al agresor la prohibición de acceso o comunicación con la víctima por medios digitales (alejamiento digital), tanto como medida cautelar, de seguridad o como condición dentro de una pena de libertad vigilada.
Establecer la obligación de los jueces de pedir una evaluación profesional del riesgo de que un padre denunciado por violencia de género pueda agredir a sus hijos como medio para dañar a su madre antes de resolver sobre la concesión del régimen de visitas. Y que se cumpla a rajatabla considerar a los hijos de las maltratadas como víctimas, para que, al tener este estatus, no se permita la convivencia de los menores con el maltratador y se le niegue o revoque, según el caso, el régimen de visitas.
Perfeccionar los sistemas de valoración del riesgo con la incorporación de nuevos indicios, para que sean capaces de detectar con más precisión el peligro que corren los hijos; amoldar las instalaciones de las comisarías y asesorar a los policías especializados para facilitar las denuncias de los menores y formar a profesores, sanitarios y monitores para que constituyan en un auténtico y ágil sistema de detección de riesgos de violencia vicaria.
Crear un nuevo delito que persiga todas las conductas que tengan por finalidad limitar la autonomía e independencia económica de las mujeres en la pareja como forma de dominación y de violencia de género.
Deben crearse dos subtipos agravados del delito para dictar penas más duras a quienes con el impago persigan dejar a la maltratada y a su familia sin la vivienda en la que residen o en tan mala situación que limite o impida «su acceso a recursos básicos para la vida» y para cuando el impago a la expareja dañe la vida de menores u otros convivientes necesitados de especial protección, como quienes sufren alguna discapacidad.
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Lucía Palacios | Madrid
María Díaz y Álex Sánchez
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