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¿Quiénes cuentan como «allegados» para reunirse en Navidad?

¿Quiénes cuentan como «allegados» para reunirse en Navidad?

El Gobierno matiza quién puede reunirse en Nochebuena, Navidad, Nochvieja y Año Nuevo

LP.ES

Lunes, 7 de diciembre 2020, 17:27

El Gobierno permitirá, por el momento y si los datos no empeoran antes, flexibilizar ciertas restricciones los días festivos más importantes (25, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero). Entre ellas, se ampliaría el número de personas que pueden reunirse: los días señalados los grupos podrán ser de hasta 10 personas, siempre que sean familiares o «allegados».

No obstante, el término «allegados» ha causado cierta confusión. Especialistas, académicos y catedráticos afirman que la figura del «allegado» no tiene ningún respaldo legal, pero el ministro de Sanidad, Salvador Illa, dio el pasado jueves una definición de estas personas, con las que estarán permitidas las reuniones: «Una persona que sin tener una relación familiar clásica con otra persona tiene una vinculación sentimental muy determinada».

De esta forma, no sería necesario un vínculo familiar para los encuentros de Navidad. El director del CCAES, Fernando Simón lo ha explicado con el ejemplo de una persona que celebra todas las navidades con su vecino, y que podrá hacerlo también este año aunque no sean familiares.

En la Comunitat Valenciana, las medidas adoptadas por la Generalitat recomiendan que las reuniones navideñas sean sólo entre familiares y «pesonas próximas». «En todo caso, se recomienda que estos encuentros se mantengan dentro del mismo grupo de convivencia y que no se superen los dos grupos de convivencia», ha puntualizado el presidente Ximo Puig.

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