M. G.
Jueves, 2 de septiembre 2021, 02:00
Uno de los errores que más suelen cometer los conductores en autopistas y autovías es ir sistemáticamente por el carril central o por el izquierdo. Según los datos que baraja la Dirección General de Tráfico (DGT), el porcentaje de utilización del carril derecho llega a ser del 60% en las vías rápidas de doble carril.
Publicidad
El 'síndrome del carril izquierdo', como lo denomina la DGT, consiste en circular por el carril central o izquierdo, de forma que se obstaculiza la vía al impedir el paso a otros conductores. De esta forma se fuerza por un lado a los conductores que van por la vía derecha a mayor velocidad que ellos a tener que realizar dos cambios de carril para poder adelantarlos o, por otro, se incita a esos conductores a realizar adelantamientos incorrectos por la derecha.
Además, esta mala conducta supone infringir el artículo 31 del Reglamento General de Circulación, que establece la circulación por el carril «situado más a la derecha» y permite el uso de las otras vías del mismo sentido «cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen». De hecho, circular por el carril central o izquierdo de forma continuada y sin motivo aparente conlleva una sanción de hasta 200 euros.
Noticias Relacionadas
Es obligatorio circular por el carril de la derecha siempre que esté libre si no se quiere adelantar. De forma rigurosa, se puede sancionar al quien circule por los carriles izquierdos y central estando libre el derecho, sobre todo si se entorpece la marcha de otros vehículos. Además, no se puede adelantar por la derecha. Por el carril más a la derecha no se permite sobrepasar a coches que circulen más lentos a nuestra izquierda. Hacerlo se considera infracción grave según el artículo 82, capítulo VII, del Reglamento General de Circulación.
Desde este mes de septiembre la DGT se ha hartado y ha empezado a multar más rigurosamente. Ha sido la comunidad de conductores 'SocialDrive' la que ha avisado de las nuevas multas a través de Twitter.
Publicidad
En este caso, la sanción que han subido a la cuenta de sus redes sociales conlleva el pago de 80 euros (serán 40 si el infractor paga durante el primer plazo de tiempo establecido) y no acarrea puntos.
Empieza febrero de la mejor forma y suscríbete por menos de 5€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.