![Cheque escolar Valencia | Cómo conseguir el cheque escolar de hasta 90 euros al mes para los niños de hasta 6 años](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/201902/22/media/cortadas/colegio-bilingue-kjaG-U40954598412gQC-624x385@Las%20Provincias-kD5-U501532082639IhG-624x385@Las%20Provincias.jpg)
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EFE
VALENCIA
Martes, 26 de marzo 2019, 17:26
Los interesados en disfrutar del cheque escolar 2019-2020ya pueden socilitar, en un plazo de 20 días, su solicitud en el Ayuntamiento de Valencia.
Este año, las familias solicitantes tendrán una asignación máxima de 90 euros mensuales durante 10 mensualidades, gracias a un presupuesto total de 2.640.000 euros.Este sistema sirve para facilitar la escolarización de los niños menores de seis años, permitiendo a las familias con menos recursos económicos acceder a una escuela infantil de su libre elección.
Las solicitudes, dirigidas a la Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Valencia, se presentarán en modelo normalizado para tal efecto que será facilitado en la página web del Ayuntamiento de Valencia (www.valencia.es), en los Registros del Ayuntamiento de Valencia y deberán estar firmadas por todas las personas mayores de 16 años que componen la unidad de convivencia.
Esta es la página web en la que se pueden realizar vía online los trámites de solicitud para el cheque escolarpara el curso 2019-2020.
En caso de solicitudes para varios hermanos/as, la solicitud se formalizará para cada uno de ellos, pero la documentación a adjuntar no se duplicará, siendo suficiente su aportación en una de ellas.
Las instancias solicitando ser persona beneficiaria de esta ayuda municipal, deberán estar debidamente cumplimentadas adjuntándose a ellas la documentación siguiente:
- Copia del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) o Número de Identificación de Extranjería (N.I.E.) de las madres, padres o representantes legales.
- Copia de todas las páginas del libro de familia de las madres, padres, hijas e hijos y fallecimientos. En caso de no disponer de libro de familia se aportarán los certificados de nacimiento de las y los menores solicitantes. Si existen más hijos/as de quienes ya constan en el libro de familia, se deberán aportar los certificados de nacimiento para justificar el número total.
- Copia del SIP del menor beneficiario de la subvención.
- Acreditación de haber solicitado plaza escolar, expedida por el centro educativo.
- Declaración responsable, de no encontrarse incurso en los supuestos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Declaración responsable, del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Declaración responsable, de no tener deudas tributarias pendientes con el Ayuntamiento de Valencia.
- Declaración responsable de haber justificado cualquier subvención municipal que le haya sido concedida con anterioridad.
- Declaración responsable de no haber obtenido subvenciones con anterioridad, para la misma finalidad, por parte de otras administraciones públicas.
- En caso de ser familia numerosa, se aportará copia del título de familia numerosa en vigor, expedido por la Administración correspondiente.
- En caso de ser familia monoparental, se aportará fotocopia del título de familia monoparental, expedido por la Administración correspondiente.
- En caso de diversidad funcional, se aportará certificado oficial de discapacidad de quienes tengan esta situación en la unidad de convivencia, expedido por la Administración correspondiente.
- En caso de persona en situación de dependencia, se aportará documentación acreditativa de dicha circunstancia emitida por el órgano competente.
- En caso de separación, divorcio, cese de la convivencia o no convivencia de las madres/padres del o de la menor solicitante se aportará según proceda: Sentencia judicial y/o convenio regulador o documento público de medidas sobre el cuidado y educación de los hijos. Si el procedimiento está en trámite, se aportará certificado acreditativo del Juzgado.
- En caso de situación de violencia de género, se aportará con carácter general, la sentencia condenatoria, la orden de protección a favor de la víctima y, excepcionalmente, el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género, hasta tanto se dicte la orden de protección.
- Datos bancarios de la persona solicitante.
- Otra documentación complementaria, en su caso, a criterio del personal técnico municipal. Se hace constar que las declaraciones responsables surtirán los efectos recogidos en el artículo 69 de la ley 39/2015, esto es: se entiende por declaración responsable el documento suscrito por el interesado en el que éste manifiesta que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de la subvención, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.
Los criterios de baremación vienen determinados por:
·La renta anual familiar, obtenida mediante la aplicación de la fórmula que figura en las Bases Reguladoras de las ayudas para material escolar.
·La existencia de discapacidades.
·La situación familiar (familia numerosa, familia monoparental, partos múltiples y situación de dependencia).
·Situación de violencia de género.
Aquellas personas beneficiarias del Cheque Escolar que, por causa justificada, hubiesen elegido una escuela infantil o centro distinto del señalado en su petición, deberán solicitar el cambio por escrito antes del día quince de septiembre. A partir de esta fecha sólo se admitirán cambios de escuela infantil o centro, previa valoración técnica, acreditándose las fechas de alta y baja en los respectivos centros educativos.
En aquellos casos en los que haya procedido el cambio de la escuela infantil o centro, el importe del Cheque Escolar será el siguiente:
- Idéntico, si el precio de la nueva escuela fuera igual o superior al cheque inicial.
- El correspondiente al precio de la nueva escuela, si éste fuera inferior al percibido en el cheque inicial.
- En aquellos casos en que el cambio sea forzoso por cierre de la escuela infantil o centro, se aceptaría la cuota de enseñanza de la nueva escuela, siempre que no se supere la cuantía máxima y las posibilidades presupuestarias lo permitan.
La partida presupuestaria para las subvenciones aumenta casi un 11%, 305.000 euros de un total de 3.325.000 euros. En este sentido, la concejala de Educación, María Oliver, ha manifestado: «Como ciudad educadora que somos, este ayuntamiento tiene el compromiso de facilitar a las familias el acceso a la educación infantil». La junta de gobierno ha aprobado también las ayudas para material escolar.
La corporación municipal recuerda, a través de un comunicado, que convoca anualmente el cheque escolar, que es el sistema del que se ha dotado el Ayuntamiento de Valencia para facilitar la escolarización de los menores de 6 años, permitiendo a las familias con menos recursos económicos poder acceder a una escuela de su libre elección.
La consignación presupuestaria para estas ayudas ha sido fijada por la Junta de Gobierno en 3.325.000 euros, con una asignación máxima por familia de 90 € mensuales durante 10 mensualidades. Oliver ha resaltado que esta cifra «supone un incremento de un 10,9% en el presupuesto respecto al año anterior».
La edil ha explicado que «la escolarización de los menores es una prioridad para este equipo de gobierno». «Sabemos que existen muchas familias que no llegan a final de mes en esta ciudad y tenemos que poner medios para facilitar que su escolarización suponga el menor impacto económico posible para las familias», ha aseverado.
Las condiciones para las ayudas del material escolar también han sido aprobadas en la Junta de Gobierno. El importe máximo por menor no podrá ser superior a 100 euros.
En el caso de que el gasto sea menor, únicamente se podrá conceder y abonar la cuantía por el valor justificado. La inversión total definitiva para las subvenciones al material escolar asciende a 369.776,62 euros para el próximo curso.
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