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Una etiqueta medioambiental, colocada en un coche. Asensio Carricondo
Los conductores de motos y ciclomotores tendrán que pagar las etiquetas de la DGT

Los conductores de motos y ciclomotores tendrán que pagar las etiquetas de la DGT

La Dirección General de Tráfico no va a enviar de forma gratuita los distintivos voluntarios, como hizo al principio con los coches

EFE / EP

Madrid

Jueves, 5 de abril 2018, 15:42

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha informó este miércoles de que, tal y como ha hecho con los automóviles, ha finalizado la clasificación del parque de motocicletas y ciclomotores en función de su potencial contaminante. En este caso, la DGT no va a enviar de forma gratuita las etiquetas como hizo al principio con los coches, según ha explicado en un comunicado. Los propietarios que deseen adquirirlas deberán acercarse a las oficinas de Correos para comprarlas.

Tráfico ha clasificado los vehículos de dos y tres ruedas en cuatro etiquetas medioambientales (0 emisiones, ECO, C y B) en función de los datos de homologación europeos.

Con ello ha cumplido con una de las medidas del Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera (Plan Aire) que le ha sido encomendado.

Con esta clasificación «discrimina positivamente» a las motos más respetuosas con el medio ambiente y facilita a los municipios un «instrumento eficaz en políticas municipales, tanto restrictivas de tráfico en episodios de alta contaminación, como de promoción de nuevas tecnologías a través de beneficios fiscales o relativos a la movilidad y el medio ambiente«.

La colocación del distintivo es voluntaria, al igual que sucede con los turismos, pero la DGT recomienda pegarla en lugar visible para facilitar la identificación del vehículo y beneficiarse así de las ventajas que las distintas autoridades puedan establecer a este tipo de vehículos más respetuosos con el medio ambiente.

El primero de los vehículos que ha clasificado han sido los ciclomotores de dos ruedas o de tres ruedas con una cilindrada no superior a 50 c.c. si es de combustión interna y con una velocidad máxima no superior a 45 km/h.

Le han seguido los cuadriciclos ligeros de cuatro ruedas con un peso inferior a 350 kg (sin incluir las baterías si son eléctricos) con una velocidad máxima no superior a 45 km/h con un motor de cilindrada inferior o igual a 50 c.c. para los motores de explosión, o una potencia máxima neta inferior o igual a 4 kW para los otros tipos de propulsores.

La DGT también ha clasificado las motocicletas de más de 50 c.c. y con una velocidad máxima superior a 45 km/h; y las que llevan sidecar (de tres ruedas asimétricas y con las mismas características que las anteriores de dos ruedas).

En este proceso de etiquetado han colaborado con la DGT los ayuntamientos de Madrid y de Barcelona, el Real Automóvil Club de Cataluña (RACC), la Asociación Nacional de Fabricantes de Automóviles y Camiones (Anfac) y los ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; y el de Industria, Energía y Turismo.

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