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EFE

La DGT explica cómo actuar si otro conductor comete una infracción con tu vehículo

El propietario tiene la obligación de realizar el trámite y en caso contrario, se expone a una infracción muy grave

REDACCIÓN

Viernes, 27 de noviembre 2020, 01:24

¿Cómo actuar si un tercero conducía tu coche, ha cometido una infracción y las autoridades no han podido identificarlo? La Dirección General de Tráfico explica los pasos a seguir por el propietario del vehículo en una situación que se repite mucho más de lo que pueda parecer.

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Es el dueño del vehículo quien debe ponerse en contacto con la DGT. «No queremos hacerte responsable de una sanción si no es tuya. Si era otra persona la que conducía tu vehículo cuando se cometió la infracción y no hemos podido identificarlo, debes hacerlo tú mismo, como titular del vehículo», inicia la Dirección General de Tráfico su explicación sobre cómo actuar. Recuerda el organismo que en caso de no identificar al conductor, «se considerará como una infracción muy grave, lo que puede acarrear la imposición de una multa de cuantía importante, de la que además no podrás beneficiarte de la reducción del 50% por pago dentro del periodo voluntario».

¿Qué necesitas?

Completar el nombre, apellidos, DNI, pasaporte o permiso de residencia, y domicilio postal de la persona que conducía el vehículo.

En la comunicación que envía la DGT se encuentra una zona en la que se puede completar dichos datos si se desea hacer el trámite de identificación presencialmente en las oficinas de la DGT.

¿Cómo identificar al conductor?

1. Por internet, con o sin identificación previa. «Recuerda que si realizas la identificación por este medio, necesitas tener a mano la comunicación que te hemos entregado con el requerimiento de identificar. En ella encontrarás el número de expediente y el código de la notificación, que habrás de introducirlo en las casillas correspondientes del formulario», explica la DGT.

Si se elige esta vía, hay dos supuestos en los que no se puede hacer la identificación por internet: cuando el conductor no resida en territorio español y cuando el conductor no tenga el permiso o licencia de conducir adecuada para el vehículo con el que ha cometido la infracción.

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En estos casos, es obligatorio hacer la identificación por cualquier otro de los medios que tienes disponible.

2. Por correo postal, devolviendo el impreso debidamente cumplimentado a la dirección de la Jefatura de Tráfico que aparece en el impreso recibido, o al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas.

3. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. En este caso, se necesita solicitar cita previa por internet o llamando al 060.

¿Quién puede realizarlo?

La persona titular del vehículo con el que se ha cometido la infracción y que haya recibido el requerimiento por parte de la DGT o cualquier persona autorizada en su nombre. Para realizar la autorización a otra persona que actúe en su representación, puedes designar un representante a través del Registro de apoderamientos.

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Plazo de presentación

Hay un plazo 20 días naturales, contados desde el día siguiente al que haya llegado la comunicación con el requerimiento. En caso de que no se haya recibido dicha comunicación, se dispone de otros 20 días naturales empieza a contar desde el día siguiente a su publicación en el Tablón Edictal Único.

Coste del trámite

La identificación del conductor es un trámite gratuito.

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