El año 2025 tendrá doce días laborables que serán festivos en España, de los cuales nueve son comunes a todas las comunidades autónomas y permitirán disfrutar de varios puentes a lo largo del año y 8 de ellos son no sustituibles, es decir, que las comunidades autónomas no los pueden cambiar por otro día en ningún caso y bajo ningún concepto. En cambio, hay otras festividades respecto de las cuales las comunidades autónomas pueden optar entre la celebración en su territorio de dichas fiestas o su sustitución por otras que, por tradición, les sean propias.
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Según el calendario laboral elaborado por la Dirección General de Empleo y publicado por el Boletín Oficial del Estado (BOE), las ocho fiestas nacionales no sustituibles son Año Nuevo, Viernes Santo, Primero de Mayo, Asunción de la Virgen, Todos los Santos, Día de la Constitución Española, La Inmaculada Concepción y Navidad.
De los 9 días de fiesta comunes, según el Real Decreto 2001/1983, dos son de carácter cívico (12 de octubre, Fiesta Nacional de España, y 6 de diciembre, Día de la Constitución Española); tres se fijan de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores (1 de enero, Año Nuevo; 1 de mayo, Fiesta del Trabajo y 25 de diciembre, Natividad del Señor) y cuatro tienen carácter religioso en cumplimiento del artículo III del Acuerdo con la Santa Sede de 3 de enero de 1979 (15 de agosto, Asunción de la Virgen; 1 de noviembre, Todos los Santos, 8 de diciembre, Inmaculada Concepción y Viernes Santo)
Además, hay otros tres que, también en cumplimiento del artículo III del Acuerdo con la Santa Sede de 3 de enero de 1979, se celebran en España y son sustituibles por las Comunidades Autónomas: el Jueves Santo, el 6 de enero, Epifanía del Señor y el 19 de marzo, San José, o 25 de julio, Santiago Apóstol.
De estos, el día de Reyes no lo ha cambiado ninguna autonomía, mientras que el Jueves Santo no es fiesta en la Comunitat Valenciana ni Cataluña (aunque sí es día no lectivo) y el 25 de julio solo se celebra como fiesta en cuatro autonomías: Galicia, Madrid, Navarra y País Vasco. En 2025, al caer en viernes, permite la opción de organizar otro puente festivo.
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La legislación permite que cuando alguna de las fiestas coincida con domingo, el descanso laboral correspondiente a la misma se disfrutará el lunes inmediatamente posterior, pero permite a las Comunidades Autónomas sustituir ese descanso «por la incorporación a la relación de fiestas de la Comunidad Autónoma de otras que les sean tradicionales». En 2025 solo un festivo cae en domingo, el 12 de octubre, y sólo 5 comunidades que han optado por la primera opción y tendrán fiesta el 13 de octubre: Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León y Extremadura.
Puedes consultar el calendario laboral de cada autonomía para 2025, con los festivos nacionales y los que han elegido como fiesta autonómica.
En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 143/2024, de 16 de septiembre, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2025, y se abre plazo para fijar las fiestas locales (BOC de 23 de septiembre de 2024) dispone que: «En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote, La Graciosa y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: en El Hierro: el 5 de julio, festividad de la Bajada de la Virgen de los Reyes; en Fuerteventura: el 19 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera: el 6 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves; en Lanzarote y La Graciosa: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Volcanes; en Tenerife: el 3 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria».
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En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden EMT/85/2024, de 23 de abril, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2025 (DOGC de 26 de abril de 2024) dispone que: «En el territorio de Arán, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán), martes».
En la Comunitat Valenciana, el Decreto 100/2024, de 2 de agosto, del Consell, por el que se determina el calendario laboral de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana para el año 2025 (DOGV de 12 de agosto de 2024) dispone que: «[…] Con carácter retribuido y recuperable se establece la siguiente fiesta: 24 de junio, San Juan».
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En la ciudad de Madrid también serán festivos el jueves 15 de mayo, día de San Isidro, y el lunes 10 de noviembre, por traslado de la festividad de Nuestra Señora de La Almudena, que cae en domingo.
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El calendario laboral de 2025 permitirá disfrutar de al menos seis puentes o fines de semana largos en toda España, al tiempo que establece la opción de añadir alguno más en varias comunidades autónomas en función de los festivos autonómicosque elijan. Además, cada municipio tendrá dos días de fiestas locales.
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