M. G.
Miércoles, 3 de marzo 2021
La DGT planea importantes cambios en el carnet de conducir que harán más difícil recuperar los puntos perdidos. Con la próxima reforma de la Ley de Seguridad Vial , antes de que un conductor sancionado pueda recuperar el saldo inicial, tendrán que pasar 2 años sin ser penalizado por nueva infracción que conlleve pérdida puntos. La reforma aún tiene que superar la tramitación parlamentaria, por lo que podrían introducirse nuevos cambios.
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Cambios y sanciones nuevas
-Antes de que un conductor sancionado pueda recuperar el saldo inicial, tendrán que pasar 2 años
-Utilizar dispositivos de comunicación no autorizados en los exámenes de conducir pasa a ser considerado fraude, por lo que estaría cometiéndose una infracción muy grave. Conllevará una multa de 500 euros y no poder presentarse de nuevo al examen hasta que pasen 6 meses.
-Las empresas de transporte de personas y mercancías podrán acceder al Registro de Conductores para conocer si un trabajador tiene vigente el permiso de conducir. Se informará con un rojo o un verde, en función de si el carné está en vigor o no.
-Pérdida de 6 puntos en el carné si conducimos con el móvil en la mano (ahora son 3 puntos).
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-Subirán de 3 a 4 los puntos que perderemos si no utilizamos los sistemas obligatorios de seguridad (cinturón de seguridad, sistema de retención infantil, cascos, etc.) o lo hacemos mal: no llevar correctamente abrochado el cinturón de seguridad o el casco, por ejemplo, también tiene consecuencias negativas para la seguridad.
-Una multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos en el carné de conducir será la penalización por llevar en el vehículo detectores de radares, ya que pasará a ser una infracción grave.
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-Ni turismos ni motocicletas podrán superar en 20 km/h los límites máximos de velocidad cuando adelanten a otro vehículo en una carretera convencional.
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-La realización de cursos de conducción segura, certificados por la Dirección General de Tráfico, permitirán recuperar y/o bonificar puntos del carné de conducir. Una futura orden ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que se deben cumplir.
La DGT trabaja de forma continuada en la mejora de las normas y el permiso de conducir. A finales de 2020, cambió la edad para conducir algunos vehículos. De esta forma, rebajó de 21 a 18 años la edad mínima para camiones habiendo aprobado el Certificado de Aptitud Profesional y a 18 años para autocares sin pasajeros.
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Al mismo tiempo, amplió de 3.500 kg a 4.250 kg el peso de las furgonetas que se pueden conducir en territorio nacional con el permiso B para el transporte de mercancías, solamente cuando el incremento de la masa se deba a los nuevos sistemas de propulsión.
Y aunque no son obligatorios, la DGT ha empezado ya a realizar cursos y exámenes para ciclistas. Los cursos se realizan de forma online y para acceder a ellos se puede hacer a través de Aula-Abierta (www.aula-abierta-dgt.es), desde donde se puede hacer la inscripción.
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