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La guía definitiva de la Fase 1: qué se puede hacer y qué cambia

La guía de la Fase 1: qué se puede hacer y qué cambia

Consulta cómo afecta el cambio de fase a los paseos, los bares, el comercio, el turismo o el deporte

LP.ES

VALENCIA

Viernes, 15 de mayo 2020

Los territorios que pasan a la Fase 1 van a ver flexibilizadas determinadas restricciones, según establece el Plan para la transición hacia una nueva normalidad elaborado por el Gobierno. No podrán hacer uso de estas habilitaciones las personas que presenten síntomas, estén en aislamiento domiciliario o cuarentena por un diagnóstico por COVID-19 o ser contacto estrecho. Esta es la guía de lo que se puede hacer en la Fase 1 y todas las novedades que hay.

Paseos y reuniones con familia y amigos

Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia:

- respetando siempre las medidas de seguridad e higiene

- manteniendo la distancia mínima de seguridad de al menos dos metros

- en grupos de un máximo de diez personas. Este límite no se aplicará entre convivientes.

Se mantienen las franjas horarias para hacer deporte o pasear con niños, con una novedad: se permite a las autonomías modificar el horario de salida de los menores de 14 años. Podrán establecer que comience hasta dos horas antes o bien termine hasta dos horas después, siempre manteniendo la duración total de dicha franja. Esto afectará, por tanto, al resto de franjas horarias, que podrán adelantarse hasta dos horas y finalizar hasta dos horas después.

¿Se puede ir a la playa?

Depende de los municipios. Valencia y Barcelona lo permiten, permiten los paseos, correr e incluso han habilitado zonas para poder nadar. Sin embargo no está permitido tumbarse en la arena, por ejemplo, para tomar el sol o descansar.

Apertura de comercios

Se permite la reapertura de locales y establecimientos minoristas con una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados.

Los comercios y locales deberán cumplir las siguientes normas:

- Un 30% del aforo total en los locales comerciales.

- Garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes.

- Horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

Concesionarios de automoción, estaciones de ITV y los centros de jardinería y viveros de plantas podrán reabrir al público, preferentemente mediante la utilización de la cita previa, sea cual fuere su superficie de exposición.

¿Abren los centros comerciales?

No, ni tampoco las tiendas de más de 400 m2. Sin embargo, las tiendas que superen esa superficie pueden abrir si delimitan el área y consiguen que no supere los 400 m2. La apertura en Fase 1 está orientada al pequeño comercio. Además, el Gobierno ha prohibido las rebajas en las tiendas físicas para evitar aglomeraciones, aunque las permite online.

Medidas de seguridad

En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, como pueden ser las peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se deberá utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo.

El tiempo de permanencia en los establecimientos y locales será el estrictamente necesario.

En comercios textiles, arreglo de ropa y similares, los probadores deberán utilizarse por una única persona. Después de su uso se limpiarán y desinfectarán.

Los establecimientos y locales deberán exponer al público el aforo máximo de cada local y asegurar que dicho aforo, así como la distancia de seguridad interpersonal de dos metros, se respeta en su interior.

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Mercadillos

Cuando así lo decidan los Ayuntamientos correspondientes, podrán proceder a su reapertura los mercados al aire libre. Se garantizará una limitación al 25% de los puestos habituales y una afluencia inferior a un tercio del aforo habitual.

Apertura de bares y restaurantes

Podrá procederse a la reapertura al público de las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración limitándose al 50% de las mesas.

La ocupación máxima será de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.

Se deberá proceder a la limpieza y desinfección del equipamiento de la terraza, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro.

Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso y se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida.

Se fomentará el pago con tarjeta y se evitará el uso de cartas de menú de uso común.

Hoteles, campings, casas rurales, apartamentos turísticos...

El servicio de restauración solo estará permitido para los clientes hospedados.

No estará permitida la utilización de piscinas, spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas, salones de eventos y espacios que no sean imprescindibles para el hospedaje.

Los ascensores o montacargas limitarán su uso al mínimo imprescindible y la ocupación máxima de los mismos será de una persona, salvo que sea posible garantizar la separación de dos metros entre ellas.

Deberán existir carteles informativos en los idiomas más habituales de los clientes con las restricciones de uso de las instalaciones y las normas de higiene.

En la recepción o conserjería deberá garantizarse la separación de dos metros entre trabajadores y clientes. Cuando no se pueda, se deberán utilizar los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.

Previa apertura del establecimiento será necesario realizar una limpieza de las instalaciones, incluyendo zonas comunes, zonas de servicio, habitaciones, parcelas y viviendas.

Centros educativos

Se podrá proceder a la apertura de los centros educativos y universitarios para su desinfección, acondicionamiento y para la realización de funciones administrativas garantizándose una distancia física de seguridad de dos metros.

Se limitará al máximo posible el empleo de documentos en papel y su circulación.

Los lugares de atención al público dispondrán de medidas de separación entre los trabajadores de los centros educativos y los usuarios.

Podrá procederse a la apertura de los laboratorios universitarios y entidades de naturaleza pública y privada que desarrollen o den soporte a actividades de investigación científica y técnica, desarrollo e innovación en todos los campos de la economía y de la sociedad.

Se permitirá la realización de congresos, encuentros, eventos y seminarios con un máximo de 30 asistentes y manteniendo la distancia física de dos metros. Deberá fomentarse la participación no presencial.

Museos y bibliotecas

Podrán reabrir las bibliotecas públicas y privadas para actividades de préstamo y devolución de obras, así como para lectura en sala, información bibliográfica y bibliotecaria, con una reducción del aforo al 30%.

- No podrán llevarse a cabo actividades culturales ni hacer uso de los ordenadores y medios informáticos.

- Como excepción, en la Biblioteca Nacional y en bibliotecas especializadas o con fondos antiguos, únicos o excluidos de préstamo, se permitirá la consulta de publicaciones excluidas de préstamo domiciliario con reducción de aforo.

- Una vez consultadas, las obras se depositarán en un lugar apartado y separadas entre sí durante al menos 14 días.

Los museos podrán abrir sus instalaciones al público a un tercio de su aforo. Se podrá establecer la alteración de recorridos, la ordenación de entradas y salidas, o la exclusión de salas que no permitan mantener la distancia mínima de seguridad.

Teatros, cines, salas...

Se procederá a la reapertura de locales y establecimientos para actos y espectáculos culturales. Si se realizan en lugares cerrados, no podrán reunir más de 30 personas y, si son al aire libre, dicho aforo máximo será de 200 personas, y siempre que cumplan los requisitos de seguridad.

No se prestarán servicios complementarios, tales como tiendas, cafetería o guardarropa. Se debe realizar una limpieza y desinfección de las salas cerradas y de los recintos al aire libre antes de cada representación del espectáculo.

Deportes

En materia de práctica deportiva, se establecen las condiciones de reapertura de los Centros de Alto Rendimiento, de las instalaciones deportivas al aire libre, de los centros deportivos para la práctica deportiva individual y el entrenamiento medio en ligas profesionales.

¿Abren los gimnasios?

Hay cierta incertidumbre, ya que se permite la apertura de instalaciones deportivas al aire libre sin público (solo para practicar deportes en los que no exista contacto: atletismo, tenis) y para realizar actividades deportivas individuales con previa cita en centros deportivos que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios. Por lo tanto, se podría (y en la práctica hay gimnasios abiertos en zonas que están en fase 1), aunque el propio Gobierno no cita la apertura de gimnasios hasta la fase 3, cuando permite los espectáculos y actividades deportivas en espacios cerrados (solo para practicar deportes en los que no exista contacto o el riesgo de contagio sea moderado; por ej. pista de patinaje), con público limitado a 1 persona por cada 20 m2.

¿Abren las piscinas?

No está previsto en esta fase 1.

Se podrán volver a realizar actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta 10 personas, debiendo concertarse estas actividades preferentemente mediante cita previa.

Velatorios

Los velatorios podrán realizarse con un límite máximo de 15 personas en espacios al aire libre o 10 personas en espacios cerrados, con independencia de que los mismos sean convivientes.

La comitiva para la despedida de la persona fallecida se restringe a un máximo de 15 personas y siempre respetando las medidas de distanciamiento e higiene.

Misas

Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo. Se mantendrá la distancia de seguridad de, al menos, un metro entre las personas. El aforo máximo deberá publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto.

Servicios sociales

Se dispone la apertura de todos los centros recogidos en el Catálogo de Referencia de Servicios Sociales.

El objetivo es que se pueda llevar a cabo la atención presencial de aquellos ciudadanos que lo necesiten, prestando especial atención a los servicios de terapia, rehabilitación, atención temprana y atención diurna para personas con discapacidad y/o en situación de dependencia.

Teletrabajo

Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo. En el lugar de trabajo habrá geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida para la limpieza de manos, o cuando esto no sea posible, agua y jabón.

Cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente dos metros, se asegurará que los trabajadores dispongan de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.

El fichaje con huella dactilar será sustituido por otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas para proteger la salud y la seguridad del trabajador, o bien se deberá desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso.

¿Qué hacer si un trabajador tiene síntomas?

Si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad, se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud y, en su caso, con los servicios de prevención de riesgos laborales. Siempre que sea posible, el trabajador se colocará una mascarilla, debiendo abandonar, en todo caso, su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.

Los centros deberán realizar ajustes en su organización horaria para evitar el riesgo de coincidencia masiva de personas, trabajadoras o no, en espacios o centros de trabajo durante las franjas horarias de previsible máxima afluencia o concentración.

Este es el listado completo de medidas, que puedes ver con detalle en el BOE. Si no puedes visualizar correctamente el PDF en tu dispositivo móvil, recarga la página o activa la visualización en modo escritorio:

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