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LAS PROVINCIAS
Jueves, 7 de marzo 2019, 11:12
La huelga del 8M de 2019, que arranca a las 0.00 horas y finaliza a las 24.00 del 8M, suscita muchas preguntas en los trabajadores que sindicatos y organizaciones tratan de aclarar. En primer lugar, la huelga comenzará al inicio del primer turno que incluya el día 8, aunque empiece el día 7, y terminará al final del último turno que empiece el día 8, aunque finalice el 9.
Si una trabajadora decide sumarse a la huelga (sea en los paros de dos horas o en la jornada completa) no está obligada a comunicar su decisión a la empresa, que no puede impedir ni limitar el derecho a secundarla. Las empresas tampoco podrán contratar a otros empleados para realizar el trabajo de las personas que apoyen la huelga.
Sí. La empresa tiene derecho a descontar el día del salario de las trabajadoras que secunden la huelga (ya sea en los paros parciales o en la huelga general). A su vez, se descontará la parte proporcional de las pagas extraordinarias y vacaciones.
Ese día no se cotiza en la Seguridad Social aunque a efectos de prestación por desempleo el día se reconoce como si se hubiera cotizado.
En ningún caso la empresa podrá abrir un expediente disciplinario a la trabajadora ni tomar medidas en su contra. Tampoco puede quitar días de vacaciones ni pedir una compensación por las horas de ausencia.
Todas aquellas conductas de las empresas tendentes a limitar el derecho a la huelga están consideradas como infracciones muy graves, con sanciones. En caso de represalia por haber hecho la huelga (sanción, despido, descenso de categoría/funciones), se puede reclamar judicialmente (ojo con los plazos) y ante la Inspección de Trabajo. Se considera nulo el despido, la sanción o la modificación sustancial de las condiciones laborales si tiene que ver con la huelga. Ganar el juicio supone que la trabajadora será reintegrada en su puesto en las mismas condiciones y cobrará los salarios dejados de percibir durante ese tiempo, además de poder exigir una indemnización por daños.
Sí, puedo hacer huelga sin estar afiliada a ningún sindicato. No es necesario estar afiliada ni tampoco es relevante si el sindicato al que estás afiliada ha convocado huelga de unas horas o no ha convocado nada.
De hecho, por segundo año consecutivo, los sindicatos han registrado una convocatoria de huelga general para el 8 de marzo. UGT y CCOO optan de nuevo por los paros de dos horas por turno «como mínimo». A diferencia de otros sindicatos, los paros convocados en los centros de trabajo se establecen de 12 a 14 horas y de 14 a 18 horas.
No obstante, UGT dará cobertura legal a las trabajadoras para secundar la huelga durante las 24 horas. Por su parte, CCOO establece la ampliación durante toda la jornada en aquellos sectores en los que la fuerza sindical determine.
CNT y CGT han han convocado un paro de 24 horas para ese día; y USO ha convocado paros de dos horas por turno de trabajo, aunque cada centro podrá elegir el horario en el que se llevan a cabo.
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