B. S.
Jueves, 6 de enero 2022, 01:15
La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) se encanrga de asegurar que los vehículos en circulación mantengan unas condiciones de seguridad por encima de los mínimos exigidos, para minimizar el riesgo de accidentes por causas técnicas y reducir las emisiones de los gases de escape. Para ello, la ley establece una periodicidad mínima con la que los vehículos deben pasarla así como situaciones extraordinarias que obligan a acudir a la revisión.
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Para saber cuándo pasar la primera inspección técnica es necesario saber , en primer lugar, la fecha de matriculación del vehículo y, en segundo lugar, las fechas de inspección. Para conocer la fecha de la primera matriculación podemos guiarnos del permiso de circulación, que, además, nos indicará la periodicidad necesaria para pasar la ITV de cada tipo de vehículo. Esta varía según la antigüedad del vehículo, es decir, no será la misma para un vehículo nuevo, kilómetro cero o seminuevo.
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Un vehículo nuevo es aquel que todavía no ha sido matriculado y que apenas tiene kilómetros rodados, generalmente entre 20 y 30 kilómetros y, por tanto, la persona que compra este tipo de vehículo figura en la documentación del coche y en el registro de Tráfico como primer dueño o propietario del automóvil. Este tipo de vehículo debe pasar la ITV a los 4 años desde su primera matriculación y, a partir de dicha fecha, pasará la inspección cada 2 años, hasta alcanzar los 10 años, momento a partir del que deberá pasar la ITV todos los años. Sin embargo, las dudas surgen cuando adquirimos un kilómetro Cero o un coche seminuevo:
En lo que respecta a los vehículos de kilómetro cero, son coches completamente nuevos, pero que han sido matriculados previamente, por el concesionario que lo tiene a la venta o por el propio fabricante del coche. Estos coches se venden al comprador, que pasa a figurar como segundo propietario del vehículo. Ete tipo de coche tiene, generalmente, menos de 100 kilómetros recorridos antes de su venta.
En un kilómetro cero, al tratarse de un coche ya matriculado, es importante saber con qué fin fue matriculado para determinar la periodicidad con la que debe pasar la ITV. Puedes encontrar esta información en el permiso de circulación del vehículo o en su ficha técnica:
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En aquellos matriculados como Vehículo de Alquiler Sin Conductor (ASC), tras los cambios realizados en la normativa ITV en 2018, el coche debe pasar su primera ITV a los 4 años desde su matriculación. A partir de los 4 años y hasta los 10 años, deberá pasar la inspección cada dos años. Si tiene más de 10 años de antigüedad, deberá pasar la ITV anualmente.
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En los matriculados como servicio al público dedicado al transporte de personas con o sin taxímetro, la periodicidad es más exigente que en el caso anterior. Este tipo de vehículo debe pasar la inspección todos los años hasta los 5 años de antigüedad. Después deberá pasar la ITV cada 6 meses.
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En los matriculados como vehículo mixto y de categoría N (Campo J de la ficha técnica), debe pasar la primera ITV debe a los 2 años desde su fecha de matriculación. Si tiene entre 2 y 6 años, debe pasar la ITV cada 2 años; si tiene de 6 a 10 años pasará la inspección anualmente; y si tiene más de 10 años, tendrá que pasar la inspección semestralmente.
Respecto a los coches seminuevos, estos no suelen superar los 2 años de antigüedad ni los 25000 kilómetros de rodaje. Esto nos permite adquirir un coche que ha sido muy poco utilizado, y que aún puede ser utilizado durante bastante tiempo, por un coste muy inferior al del mismo modelo de nueva matriculación.
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En este caso, la fecha de referencia para pasar la inspección también es la de matriculación y no la de compra. Será importante fijarnos en la fecha exacta en la que se matriculó el coche y con qué fin para poder determinar cuándo pasa la ITV, igual que ocurría con los coches kilómetro cero.
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