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Valencia
Domingo, 20 de agosto 2023, 10:17
Este es el principio de una nueva vida para una pareja de jubilados a la que un juez ha librado de hacer frente a la espiral de pagos en la que se había convertido su vida. El Juzgado de lo Mercantil Nº2 de Valencia les ha 'librado' de pagar una deuda que habían contraído tras solicitar una decena de créditos bancarios para poder pagar un tratamiento médico del que no se hacía cargo la Seguridad Social.
Según detallan los letrados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que se han encargado de llevar el caso de este matrimonio valenciano durante los seis meses que ha durado el procedimiento legal, los deudores acumularon hasta trece créditos que alcanzaron un valor total de 147.836,69 euros, según informa el diario ABC.
La pareja de jubilados no ha podido disfrutar de su pensión hasta ahora ya que la Seguridad Social no se ha hecho cargo de los tratamientos médicos que ambos requerían al tratarse de «enfermedades graves». Las cinco operaciones graves por las que tuvo que pasar la mujer y los medicamentos que a ambos les habían recetado por diferentes dolencias hicieron que el matrimonio tuviese que pedir diferentes créditos bancarios.
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Dado que la situación no cesaba y tenían que estar pidiendo constantemente nuevos préstamos para pagar otros más antiguos y que la 'bola' no dejaba de crecer, decidieron llevar a cabo la vía judicial en diciembre de 2022 para intentar reducir las cuotas que pagaban cada mes. Los letrados reconocían que existía la posibilidad de que el juez no perdonara la deuda contraída ya que el matrimonio posee una vivienda en propiedad, según indica el medio citado.
Finalmente, los letrados consiguieron justificar que la casa puede venderse por menos de la cantidad restante, lo que ha resultado suficiente para que el Juzgado perdone los trece créditos a los jubilados, siempre y cuando sigan pagando la deuda hipotecaria del domicilio.
Esta liberación judicial para el matrimonio jubilado valenciano se basa en la Ley de la Segunda Oportunidad, la cual presenta una serie de requisitos para acogerse que han cambiado con la reforma concursal. Estos parámetros son: la insolvencia del interesado, no haber estado en concurso los últimos cinco años y carecer de delitos de orden socioeconómico.
Una vez comprobados estos presupuestos, se dictó la resolución definitiva el pasado 17 de julio concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho), el cual ha supuesto dejar a este matrimonio libre de pagar 147.836,69 euros y poder mantener su vivienda en propiedad.
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