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Concha Roig, en una imagen de archivo. Nacho García
Juezas para la Democracia replica a Irene Montero y justifica la absolución de Alves

Juezas para la Democracia replica a Irene Montero y justifica la absolución de Alves

La magistrada Concha Roig considera que la sentencia es «valiente» y cuestiona a la exministra al defender que «la libertad de expresión debería de ir siempre fundada en razones»

Europa Press

Viernes, 28 de marzo 2025, 15:50

La viceportavoz de la asociación Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), Concha Roig, ha señalado que la sentencia que ha absuelto al exfutbolista Dani Alves es «valiente» porque «no deja de abordar ninguno de los recursos que contra ella se imponen y da respuesta detallada a todos los motivos alegados». Además, ha descartado en una entrevista a Europa Press que le falte perspectiva de género y ha contestado a la ministra Irene Montero, impulsora de la 'Ley del solo sí es sí', que cargó contra la decisión de los magistrados.

Montero ha expuesto en un mensaje que la sentencia «es un claro ejemplo de violencia institucional y de justicia patriarcal». «La sentencia que absuelve a Dani Alves alegando que la víctima no es creíble es un claro ejemplo de violencia institucional y de justicia patriarcal que desprotege a las mujeres y, como dice la ONU, mantiene la cultura de impunidad de los agresores. Una y mil veces: solo sí es sí», ha asegurado.

La respuesta a Montero

Sobre estas declaraciones, Roig ha subrayado que «la libertad de expresión debería de ir siempre fundada en razones». «Como hemos dicho siempre, nosotros respetamos la libertad de expresión pero sí que me gustaría hacer un pequeño matiz y es que la libertad de expresión debería de ir siempre fundada en razones», ha afirmado.

Roig, magistrada de la Audiencia Provincial de Murcia, no ve que a la sentencia le falte perspectiva de género, ni sea «un reflejo de una justicia patriarcal». «Ni es tampoco una violencia institucional, porque hay que leer los razonamientos que tiene la sentencia, que podrán ser o no compartidos si se interpone el recurso de casación, pero, desde luego, no traslucen esos sesgos de los que hablamos», ha añadido.

La magistrada ha destacado que es una sentencia que dedica «una parte importante» a la incidencia que puedan tener los juicios paralelos, los juicios mediáticos. También ha resaltado que accede al contenido «íntegro» de las pruebas de las que ha dispuesto el Tribunal de Primera Instancia. «Pero el motivo principal por el que se absuelve es porque la hipótesis de la acusación no ha quedado suficientemente corroborada», ha agregado.

Asimismo, Roig llama a estudiar «bien» una sentencia, atender a por qué llega a esa conclusión y, una vez, conocidas las razones por las que absuelve, expresar la opinión al respecto. «Entonces sí puedes expresar lo que tú piensas, que es muy razonable, es muy respetable, pero de alguna manera se tenía que hacer referencia a las razones por las cuales la sentencia absuelve», ha explicado.

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Denunciar siempre

Por otro lado, la magistrada ha recalcado que los casos de violencia sexual «siempre se tienen que denunciar». A su juicio, tras esta condena, las víctimas no tienen por qué sentir que no tienen que denunciar. «No podemos olvidar que cuando alguien denuncia lo que está presentando ante la justicia es una hipótesis. Dice que ha pasado un hecho pero hay otra hipótesis en juego también, que dice que ese hecho no ha pasado, no ha pasado en la forma que ha dicho la denunciante. Y eso siempre se lo va a encontrar cualquier persona que se considere víctima de un delito, ya sea de naturaleza sexual, que afecte a su integridad física, o que afecte a su patrimonio», ha precisado.

Finalmente, preguntada si puede haber parte de la sociedad que piense tras esta sentencia que la ley del 'solo sí es sí' no sirve, Roig ha insistido en que hay que basarse en «verdaderas razones». «Se tiene que atender a las razones por las cuales no se ha obtenido el resultado que una persona esperaba, o que se ha hecho esperar a esa persona, que también puede ser», ha concluido.

En el auto consultado por Europa Press, el tribunal estima por unanimidad el recurso presentado por la defensa del futbolista y desestima los de la Fiscalía, que pedía elevar la pena a los 9 años de prisión, y de la acusación particular, que pedía subirla hasta los 12 años.

La sentencia señala una falta de fiabilidad en el testimonio de la denunciante y precisa que antes «las insuficiencias probatorias» acuerda la revocación de la sentencia, una resolución absolutoria y dejar sin efecto las medidas cautelares adoptadas.

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