FOTOLIA

Listado de países a los que se exige una PCR negativa para entrar en España

El BOE publica la relación de 28 países de la UE y 37 del resto del mundo que deben pasar la prueba a los ciudadanos que quieran viajar a nuestro país

LP.ES

VALENCIA

Jueves, 12 de noviembre 2020, 09:26

El Gobierno ha aprobado una resolución que obliga a los ciudadanos de determinados países a pasar una PCR que dé resultado negativo 72 horas de viajar a España como requisito imprescindible para poder acceder al país o a través de sus puertos o aeropuertos. El listado ha sido publicado en el BOE este 12 de noviembre y su entrada en vigor será a partir del 23 de noviembre.

Publicidad

Para la designación de las zonas o países de riesgo a los que se exigirá la realización de una PCR, en el caso de los países de la Unión Europea y países asociados Schengen, se tomará como referencia los criterios contemplados en la Recomendación UE 2020/1475, del 13 de octubre, sobre un enfoque coordinado de la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia de Covid-19.

En cuanto a los países terceros, la referencia básica será la incidencia básica mayor de 150 por 100.000 habitantes en 14 días, complementado con las capacidades implantadas según se contempla en el reglamento Sanitario Internacional, en base a la información facilitada por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC).

Sin embargo, el ministro de Sanidad ha precisado que los socios europeos ya descartaron obligar a hacer una cuarentena a los viajeros que lleguen a los territorios, como sí que hacen en algunos lugares del mundo como China.

El listado de países o zonas de riesgo, así como los criterios empleados para su definición, serán revisados cada quince días y su actualización será publicada en la página web del Ministerio de Sanidad: https://www.mscbs.gob.es/ y en la web SpTH: https://www.spth.gob.es.

Publicidad

La actualización de las revisiones del listado de países o zonas se hará efectiva a los siete días de su publicación, con el objetivo de permitir a las compañías de trasporte, agencias de viajes y operadores turísticos que ajusten las medidas informativas para los pasajeros.

Países de la Unión Europea/Espacio Económico Europeo

Criterio de inclusión: zonas de riesgo de color rojo o gris, en base a los indicadores combinados según Recomendación del Consejo 2020/1475

Alemania.

Publicidad

Austria.

Bélgica.

Bulgaria.

Chequia.

Chipre.

Croacia.

Dinamarca (excepto las Islas Faroe y Greenland).

Eslovenia.

Estonia.

Francia.

Grecia (excepto las regiones de Kitri, Ionia Nisia, Dytiki Ellada y Sterea Ellada).

Hungría.

Irlanda.

Islandia.

Italia.

Letonia.

Lituania.

Luxemburgo.

Malta.

Noruega (excepto las regiones de Rogaland, Møre og Romsdal, Nordland, Viken, Innlandet, Vestfold og Telemark, Agder, Vestland, Trøndelag y Troms og Finnmark).

Publicidad

Países Bajos.

Polonia.

Portugal (excepto la región autónoma de las Isla Azores).

Rumanía.

Suecia.

Liechtenstein.

Eslovaquia.

Terceros países

Criterio de inclusión: incidencia acumulada superior a 150 por 100.000 habitantes en 14 días. (Fuente ECDC)

Albania.

Andorra.

Argentina.

Armenia.

Aruba.

Bahréin.

Belice.

Bosnia y Herzegovina.

Cabo Verde.

Colombia.

Costa Rica.

Emiratos Árabes Unidos.

Estados Unidos de América.

Federación Rusa.

Georgia.

Gibraltar (Reino Unido).

Publicidad

Guam.

Jordania.

Kuwait.

Líbano.

Libia.

Macedonia del norte.

Marruecos.

Moldavia.

Mónaco.

Montenegro.

Palestina.

Panamá.

Polinesia Francesa (Francia).

Puerto Rico.

Reino Unido.

San Marino.

San Martín.

Serbia.

Suiza.

Túnez.

Ucrania.

Este es el BOE en el que se publica la resolución íntegra, con los documentos necesarios para poder viajar.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Empieza febrero de la mejor forma y suscríbete por menos de 5€

Publicidad